Esto significa que no podremos negarnos a pagar una derrama, por ejemplo, o incumplir una norma aprobada en junta.
En la práctica, no impugnar a tiempo equivale a aceptar los acuerdos.
¿Qué pasa si no podemos asistir a la reunión de vecinos?
Si sabemos que no vamos a poder acudir a la junta, lo recomendable es delegar el voto en otra persona mediante autorización escrita. Así no perdemos nuestra voz en las decisiones.
En caso de no asistir y no delegar, seguimos estando obligados a cumplir con los acuerdos adoptados. Eso sí, siempre tendremos la opción de impugnar si vemos irregularidades.
En resumen:
- No podemos anular una reunión de la comunidad ya celebrada, pero sí podemos impugnar sus acuerdos.
- La nulidad de la convocatoria de la junta de propietarios se da cuando la reunión no se convoca de manera legal o los acuerdos son contrarios a derecho.
- Para impugnar una reunión de vecinos debemos hacerlo dentro de los plazos establecidos y, en muchos casos, será necesario acudir a la vía judicial.
- Si no actuamos a tiempo, los acuerdos se consolidan y pasan a ser obligatorios.
En la vida de comunidad, las reuniones son inevitables, pero también lo son los desacuerdos. La clave, además de saber si se puede anular una reunión de comunidad, está en conocer nuestros derechos y actuar dentro de los plazos para que nuestras reclamaciones tengan efecto.