¿Son válidos los acuerdos por WhatsApp para alquilar piso?

Al alquilar una vivienda, siempre es recomendable que las partes acuerden las condiciones por escrito. ¿Es válida una conversación de WhatsApp?

Juan Carlos Rivera
Juan Carlos Rivera Marketing B2B Content & Industry Relations Manager

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Con la llegada de las nuevas tecnologías y el surgimiento de nuevos canales de comunicación, tanto los propietarios como los inquilinos se preguntan si se pueden pactar las condiciones de los contratos de las viviendas de alquiler por escrito a través de servicios como el correo electrónico o Whatsapp.

Según la la Ley de Arrendamientos Urbanos, se permite «la libertad de forma en los pactos entre arrendador y arrendatario». Entonces, ¿serían vinculantes las notificaciones sobre el contrato de alquiler por WhatsApp o email? ¿Es posible rescindir un contrato de alquiler por una app de mensajería? ¿Puede el casero notificar la subida de la renta a través de un mensaje? 

Desde Fotocasa, damos respuesta a las principales dudas relacionadas con las notificaciones enviadas por estos nuevos canales de comunicación, que cada vez tienen más peso a la hora de gestionar los contratos de arrendamiento.

¿Son válidas las condiciones del alquiler apalabradas por WhatsApp o mail?

Como adelantamos, la LAU permite la libertad de forma en los pactos entre propietario e inquilino. Es decir, ante la ley, es válido un acuerdo por escrito en un documento, un pacto apalabrado ante testigos o un compromiso plasmado en una conversación a través de un servicio de mensajería, como puede ser WhatsApp o el correo electrónico.

La Ley de Arrendamientos Urbanos no determina ningún sistema específico para el envío de notificaciones entre el casero y el alquilado, por lo que se deja a voluntad de las partes.

La LAU establece como válido un acuerdo entre las partes realizado a través de correo electrónico o WhatsApp

Por lo tanto, sí, es válido un acuerdo pactado a través de una conversación a través de WhatsApp.

Requisitos para que las condiciones del alquiler pactadas por WhatsApp sean vinculantes

No obstante, para que el acuerdo sea vinculante se deben cumplir algunas condiciones:

  • Se debe confirmar la titularidad del teléfono de ambas partes. Previamente, las partes pueden señalar las direcciones de correo electrónico para el envío de notificaciones o un teléfono de móvil asociado al servicio de mensajería WhatsApp para garantizar la autenticidad de la comunicación.
  • Se debe poder tener acceso a la conversación completa y no solo a una parte, ya que podría dar lugar a malentendidos. Para probar la existencia del pacto, será vital acceder a la conversación íntegra.
  • Se debe poder demostrar el envío y la recepción del mensaje. En el caso de WhatsApp, será válida la verificación del doble check azul o la respuesta al mensaje.
  • Se deben respetar los plazos de notificación, como en cualquier forma de comunicación entre las partes. Por ejemplo, si el inquilino quiere rescindir el contrato de alquiler, deberá respetar los plazos estipulados por la LAU (una antelación mínima de notificación de 30 días).

¿Es posible rescindir el contrato de alquiler por WhatsApp?

La rescisión del contrato de alquiler por WhatsApp puede ser una prueba válida para notificar la salida del piso alquilado. No obstante, aunque WhatsaApp pueda servir para algunas notificaciones, no siempre es recomendable. La LAU establece que la finalización del contrato de alquiler debe comunicarse a través de una notificación fehaciente, siendo la alternativa más recomendable el uso del burofax.

Este tipo de comunicación es el que ofrece una mayor seguridad jurídica. En algunos casos, lo que se aconseja es notificar la rescisión del contrato de alquiler por burofax, acompañándolo de un mensaje a través de Whatsapp, email o cualquier otro servicio de mensajería.

¿Puede notificar el casero la subida del alquiler por WhatsApp?

Ocurre lo mismo con las notificaciones de subida del alquiler a través de WhatsApp o email por parte del propietario de la vivienda alquilada. Podría ser válido el uso de WhatsApp o email para el envío de las notificaciones sobre las actualizaciones de la renta conforme al índice vigente.

Pero, de nuevo, la forma de notificación que aporta una mayor seguridad jurídica es el burofax. Las notificaciones enviadas por burofax se consideran realizadas aunque el receptor no lo recoja tras ser depositado en su domicilio. En tal caso, si el propietario envía la notificación de la subida del alquiler, aunque el inquilino no abra la carta, la renta actualizada se tomará como correcta si no se opone en el plazo establecido.

La forma de notificación que aporta una mayor seguridad jurídica es el burofax

Esto, en cambio, no ocurre si las notificaciones de actualización del precio del alquiler se envían solamente a través de WhatsApp, ya que si el inquilino no abre la conversación y lee le mensaje, no habrá forma de demostrar que este lo ha podido recibir correctamente.

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