Me toca ser presidente de un piso que está alquilado, ¿puedo negarme?

Analizamos en qué casos puede un propietario puede negarse a ser presidente de la comunidad y si, entre ellos, se encuentra el de tener su casa en alquiler

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En todas las comunidades de propietarios existe una figura que resulta imprescindible para su buen funcionamiento: la del presidente de la comunidad. Se trata de un cargo importante y de carácter obligatorio en todos los edificios de propietarios, tal y como recoge el artículo 13 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH).

Dentro del mismo artículo de la Ley de Propiedad Horizontal se establece que sólo puede ser presidente de una comunidad un propietario o copropietario de alguna de las viviendas del edificio. Así pues, quedan exentas de serlo todas las personas que viven de alquiler o que son ajenas a la comunidad.

Sólo puede ser presidente de una comunidad un propietario o copropietario de alguna de las viviendas del edificio, según la LPH

Pero ¿qué sucede si a un propietario le toca ser presidente de un piso que está alquilado? ¿Puede negarse al cargo? Lo analizamos en este artículo de Fotocasa.

¿En qué casos puedo negarme a ser presidente de la comunidad? 

El cargo de presidente de la comunidad le corresponde, como hemos mencionado, a los propietarios o copropietarios de las viviendas del edificio. Se elige entre todos aquellos que lo son, generalmente, por turno rotatorio, aunque también puede ser por votación o del modo contemplado en cada caso, y que debe recogerse en los estatutos de la comunidad.

Debido a que conlleva una serie de obligaciones y responsabilidades que afectan directamente al buen funcionamiento de la comunidad de vecinos, muchos propietarios intentan eludir el cargo. Pero ¿pueden hacerlo?

El presidente de la comunidad se elige, generalmente, por turno rotatorio, pero también puede ser por votación o del modo contemplado en cada caso

Depende. Aunque como normal general los propietarios a quienes les toque ser presidente de la comunidad deberán aceptar el cargo, existen algunos supuestos que les permitirán librarse de serlo, siempre que puedan demostrarlo de forma fehaciente.

negarse a ser presidente comunidad piso alquilado

Tener el piso alquilado

Uno de los motivos por los cuales un propietario puede no ser presidente de la comunidad es por el hecho de tener el piso alquilado y, en consecuencia, no vivir en él. En este caso puede argumentar que, al no poder estar al día de las necesidades que atañen a la comunidad, por habitar en otro edificio, no está capacitado para tener el cargo de presidente.

Uno de los motivos para no ser presidentes es tener el piso alquilado o vivir fuera de la comunidad y, en consecuencia, no estar al día de sus necesidades

Tener unas condiciones laborales adversas

Si un propietario tiene unas condiciones laborales complejas, ya sea por sus horarios o bien porque debe viajar de forma regular, también puede alegar que no está capacitado para ser presidente. Y es que, como en el caso anterior, no podrá dedicar el tiempo necesario a desempeñar sus funciones como tal, ni estará al día de las necesidades de la comunidad.

Ser mayor de 65 años o estar en situación de discapacidad

Todas aquellas personas que tengan más de 65 años o bien que estén en situación de discapacidad o tengan alguna enfermedad crónica también pueden evitar ser presidentes de la comunidad. En este caso, pueden alegar que no se encuentran en plenas facultades físicas y/o mentales para tal cargo.

Las personas que tengan unas condiciones laborales complejas, sean mayores de 65 años o estén en situación de discapacidad pueden evitar el cargo

En cualquier caso, es imprescindible que, sea cual sea la causa, el propietario justifique de forma fehaciente los motivos que le impiden ser presidente de la comunidad. Eso sí, la última palabra la tendrá un juez, que será quien determine si acepta o no la renuncia de la persona elegida para el cargo.

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Manuel
2 años

Este artículo es muy importante.es bueno saberlo para evitar malos entendidos

EMILIO
2 años

Podemos negarnos los inquilinos de un edificio de protección oficial (IVIMA, Madrid), a ser los que formamos la junta directiva de la comunidad y a gestionarla como si fuésemos propietarios?? Gracias

Andrés Vázquez García
2 años

Si muy correcto he leído lo del tema del presidente:
Me gustaría comunicarle si tienen alguna casa con garaje para coche grande de cuatro dormitorios por montellano Sevilla

José Luis de Miguel
2 años

Este artículo aclara bien los casos de alegación para no ser presidente de comunidad

Sebastiàn Duarte Bueno
1 año

Mi comunidad de 14 viviendas, tenemos 4 pisos en alquiler , los cuales el propietario no vive ni en la propia ciudad , entonces le llevamoa supliendo el cargo de comunidad durante 22 años y ya cansados , querría saber si hay modo alguno de cobrarle alguna compensación económica por hacernos cargo nosotros de sus obligaciones como presidente de comunidad ….graciaa
Agradecería recomendación respuesta y ayuda.
Graciaa

Pedro
1 año

Muy lógico tu comentario. Se libran del trabajo de ser Presidente y se lo cargan a los demás vecinos. Claro que deberían pagar a los demás vecinos el esfuerzo que hacen por los que se escaquean. Igual no está legislado, pero deberían pagar a la Comunidad una cantidad que los vecinos deberían aprobar en junta de propietarios.