¿Dónde se deposita la fianza de un alquiler? Organismos y pasos a seguir

Te contamos cuál es el procedimiento que se debe seguir para depositar la fianza, un trámite obligatorio al alquilar piso

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De acuerdo con los datos de la última Encuesta Continua de los Hogares realizada por el Instituto Nacional de Estadística (INE), el 17,3% de los hogares en España vive de alquiler, es decir, más de 3,2 millones de familias. Una cifra muy por debajo de los 14 millones y medio que viven en una vivienda en propiedad.

Todos los contratos de alquiler de vivienda habitual están regulados por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), donde se especifica toda la información relacionada con la fianza. Desde Fotocasa, te contamos qué dice la ley sobre el depósito de la fianza y cómo deben gestionarla los propietarios, un trámite obligatorio al poner una vivienda en alquiler.

¿Cómo se regula la fianza del alquiler?

El depósito de fianza es obligatorio para todo contrato de arrendamiento de vivienda habitual celebrado en nuestro país. Según cita el artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), la fianza se debe depositar en la Administración General del Estado o en las Administraciones de la mayoría de las comunidades autónomas a excepción del Principado de Asturias, Cantabria, La Rioja y la Comunidad Foral de Navarra, que no poseen ningún organismo que regule dichos depósitos.

La fianza se debe depositar en la Administración General del Estado o en las Administraciones de las comunidades autónomas

¿Dónde se deposita la fianza del alquiler según la Comunidad Autónoma?

El Ministerio de Transporte, Movilidad y Agencia Urbana tiene en su web un listado de las diferentes oficinas repartidas en cada comunidad autónoma, en la que se deben realizar los depósitos de la fianza del alquiler.

Desde Fotocasa, recopilamos la lista de oficinas en las que se puede depositar la fianza en función de la comunidad en la que se ubique la vivienda:

Oficinas de depósito de fianza en cada Comunidad Autónoma

Andalucía Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía.
Aragón Dirección General de Vivienda y Rehabilitación
Cataluña Instituto Catalán del Suelo (INCASÓL).
Castilla la Mancha Dirección General de la Vivienda y Urbanismo.
Castilla y León Consejos General de las Cámaras de la Propiedad Urbana de Castilla y León.
Comunidad Valenciana Dirección General de Tributos y Juego.
Extremadura Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma.
Galicia Instituto Gallego de Vivienda y Suelo.
Islas Baleares Instituto Balear de la Vivienda.
Islas Canarias Instituto Canario de la Vivienda.
Madrid Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid (IVIMA).
País Vasco Servicio Vasco de Vivienda.
Región de Murcia Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma.
Ceuta Empresa Municipal de la Vivienda de Ceuta.

¿Cómo funciona el proceso del depósito de la fianza?

Indiferentemente de la comunidad donde se realice el depósito, los pasos a seguir son similares en todas las oficinas. El proceso suele dividirse en tres sencillos pasos que se pueden realizar en la mayoría de autonomías de manera online:

  1. Autoliquidación. El propietario debe acceder a la aplicación de depósito de fianza y cumplimentar los datos del formulario online.
  2. Ingreso. Una vez cumplimentado el impreso de autoliquidación, se debe acceder a la pasarela de pago y realizar el depósito a través de una tarjeta de crédito o cuenta bancaria. El pago también se puede realizar de manera presencial en las entidades bancarias autorizadas.
  3. Presentación. Una vez realizado el pago, aparecerá un mensaje con un número de resguardo que se puede descargar para imprimir o enviar por correo electrónico.
El depósito de la fianza del alquiler puede hacerse de forma online desde la web del organismo que corresponda según la CCAA

¿Cómo se gestiona la devolución o actualización del importe de la fianza?

Es habitual que el sistema también ponga a disposición de los propietarios la opción de compensación, actualización y devolución del depósito de la fianza:

  • Compensación. Si se realizan sucesivos contratos, se podrá realizar el depósito de la fianza mediante compensación de fianza, es decir, el depósito ya realizado pasa a ser el del nuevo contrato.
  • Actualización. Si el precio de la renta de un contrato de alquiler —todavía en vigor— se ha incrementado o disminuido, se deberá presentar una actualización de la fianza con la nueva cantidad.
  • Devolución. El propietario tiene 30 días para devolver la fianza tras la finalización del contrato. De lo contrario, devengará intereses. Según el artículo 36 de la LAU «El saldo de la fianza en metálico que deba ser restituido al arrendatario al final del arriendo, devengará el interés legal, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves por el mismo sin que se hubiere hecho efectiva dicha restitución».

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