Quién puede pedir la ayuda para rehabilitar viviendas en pueblos de Aragón
Aunque el Programa 700 está dirigido a ayuntamientos, en Aragón existen otras ayudas oficiales de rehabilitación que sí pueden solicitar personas particulares, dependiendo de la convocatoria.
Pueden ser beneficiarios:
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Propietarios de una vivienda situada en Aragón que vayan a realizar obras de rehabilitación.
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Personas que usen la vivienda como residencia habitual, en las líneas centradas en mejora de eficiencia energética.
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Comunidades de propietarios, cuando las obras afectan a edificios completos (fachadas, cubiertas, envolvente térmica, etc.).
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Usufructuarios o arrendatarios, en algunos programas, siempre que cuenten con autorización del propietario.
Requisitos habituales en estas ayudas para particulares
(Pueden variar según convocatoria, pero suelen incluir condiciones como estas)
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Que la vivienda esté ubicada en Aragón.
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Que se trate de una vivienda ya existente (no obra nueva).
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Realizar obras que mejoren la vivienda, como:
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Presentar presupuesto detallado de la reforma.
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Aportar memoria técnica o proyecto, según la entidad de la obra.
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Justificar que se está al corriente de pagos con Hacienda y Seguridad Social.
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Cumplir los plazos de ejecución que marque la convocatoria.
Importante
Las ayudas que están rehabilitando viviendas en los pueblos del Bajo Aragón Histórico dentro del Programa 700 no se solicitan de forma individual, sino que las gestiona cada ayuntamiento para crear vivienda pública de alquiler. Si un particular quiere reformar su casa, debe buscar las líneas de rehabilitación residencial para viviendas publicadas por el Gobierno de Aragón, que son programas distintos.
En esta ocasión, de acuerdo con lo establecido en la convocatoria difundida en el Boletín Oficial de Aragón el 19 de agosto de 2024, los ayuntamientos que recibirán ahora financiación son aquellos que quedaron integrados en una lista de espera elaborada según la puntuación lograda en ese proceso, durante la primera convocatoria del Programa 700. Ese baremo sirvió para fijar el orden de prioridad en una nueva adjudicación de ayudas, de modo que los municipios solo han tenido que confirmar su interés en aceptar la subvención, sin aportar requisitos adicionales.