Cómo hacer el cambio de titular de un inquilino a otro: pasos y costes

La ley establece que cambiar la titularidad entre inquilinos es obligatorio, pero la mayoría desconocen cómo hacerlo. Te lo contamos desde Fotocasa

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Los jóvenes deberían dedicar el 70% de su salario a alquilar un piso, siempre que lo hagan en solitario, por lo que la mayoría de ellos no tienen más remedio que compartir piso. Sin embargo, este colectivo no es el único que tiene problemas para pagar las rentas.

Y es que en febrero el precio del alquiler se situó en 11,43 €/m2 al mes, según el Índice Inmobiliario Fotocasa, lo que hace que, de media una vivienda cueste 914,40 euros mensuales y que, como decimos, muchas personas opten por compartir, especialmente los menores de 35 años.

Y aquí viene la pregunta del millón para muchos de ellos: ¿deben aparecer en el contrato de alquiler si, quizás, están poco tiempo en la vivienda? En ese caso, ¿cómo hay que hacer el cambio de titular de un inquilino a otro? ¿Quién se encarga, el casero o ellos? Te lo contamos en este artículo de Fotocasa.

¿Es obligatorio hacer el cambio de titular de un inquilino a otro?

Sí. La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece que todos los inquilinos deben aparecer como titulares del contrato de arrendamiento, siempre que sean mayores de 18 años. Es decir, el contrato de alquiler de una vivienda deberá ser modificado cada vez que en ella entren a vivir nuevos inquilinos, siempre que éstos sean mayores de edad, para que conste quiénes residen en ella; se deberá hacer un cambio de titularidad.

El contrato de alquiler de una vivienda deberá ser modificado cada vez que en ella entren a vivir nuevos inquilinos mayores de edad

¿Cómo se debe hacer el cambio de titular de un inquilino a otro? ¿Cuánto cuesta?

Lo primero que hay que hacer en estos casos es avisar al propietario de la vivienda por escrito para que nos dé su consentimiento -también por escrito- para hacerlo; de lo contrario se considerará ilegal.

En el caso de que el casero acepte el cambio de titularidad, las partes firmantes del contrato de alquiler deberán añadir un anexo al contrato en el que se especificará que entra un nuevo inquilino al inmueble, y que otro sale (en el caso de que así fuera). Así no hará falta cambiar todo el contrato de arrendamiento por completo y, además, no habrá que pagar nada extra, dado que de ello se encargará la agencia inmobiliaria o bien la gestoría que redactó el contrato en su momento.

El propietario deberá dar su consentimiento por escrito sobre si acepta hacer un cambio de titularidad; éste deberá constar en un anexo del contrato

En el anexo también deberán constar todos los datos del nuevo ocupante así como las condiciones contractuales que se establezcan (es decir, si debe pagar una fianza, si debe permanecer en la vivienda un mínimo de tiempo, o si tiene mascotas que habitarán en el inmueble de alquiler, entre otros). Es decir, sus derechos y obligaciones como inquilino.

Tanto el propietario como el nuevo inquilino deberán firmar todas las hojas de dicho anexo, para corroborar que ambos están conformes con lo que se establece en él.

¿Cuándo se debe hacer el cambio de titular de un inquilino a otro?

La normativa establece que el cambio de titularidad se debe hacer antes de que el inquilino original deje la vivienda, dado que es necesario que estén presentes tanto éste como el nuevo ocupante, así como el propietario. Es decir, todas las partes deben estar presentes, para poder formalizar el desistimiento del contrato de alquiler por parte del anterior inquilino.

En el momento de hacer el cambio de titular deben estar presentes tanto el anterior inquilino como el nuevo, así como el propietario de la vivienda

¿Qué sucede si se hace el cambio de titularidad sin consentimiento del propietario?

En primer lugar, es importante aclarar que a ello no se le puede llamar cambio de titular, porque para llevarlo a cabo es necesario el consentimiento del propietario, como hemos visto en este artículo. Si, a pesar de ello, los ocupantes del inmueble deciden meter a un nuevo inquilino, estarán incumpliendo la ley y, en consecuencia, el contrato.

Dado que se estará incumpliendo la normativa, el propietario estará en pleno derecho a rescindir o finalizar el contrato de arrendamiento, si así lo considera y, en consecuencia, todos los inquilinos deberían abandonar el inmueble.

Hacer el cambio de titularidad sin el consentimiento del propietario es ilegal y puede conllevar la resolución del contrato de alquiler

Aquí es importante aclarar que no es lo mismo hacer un cambio de titular que subrogar el contrato de alquiler, dado que este último caso se da cuando un inquilino nuevo ocupa la posición del anterior, sin tener que contar con la aprobación del propietario. Y es que esto, generalmente, sucede cuando alguno de los inquilinos fallece o hay un divorcio y uno de ellos abandona el hogar.

No es lo mismo hacer un cambio de titular que subrogar el contrato de alquiler, dado que el segundo caso se da en casos de fuerza mayor

Por lo tanto, y dado que además se trata de un procedimiento relativamente sencillo y sin costes, es obligatorio hacer el cambio de titular de un inquilino a otro, siempre que el propietario esté de acuerdo, y se lleve a cabo como hemos analizado desde Fotocasa en este artículo.

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2 Comentarios
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Juan manuel
1 año

Y si el propietario no quiere hacer el cambio,

Andrea
1 año

es legal que cobren 360€ por el cambio de nombre?