Piso de 65 ㎡ en Jaén
1 habs
2 baños
65m2
¡Increíble oportunidad! Te presentamos este acogedor piso de 65,37 m2 en el encantador municipio de Cambil, provincia de Jaén. Ubicado en un edificio de tres plantas sobre rasante y construido en el año 2008, este apartamento te ofrece la tranquilidad y comodidad que buscas. Aunque no cuenta con ascensor, este piso se encuentra en una ubicación ideal y cercana a todas las comodidades que necesitas. En su interior, encontrarás un amplio salón comedor, perfecto para disfrutar de momentos inolvidables con familiares y amigos. Además, la cocina es independiente y está lista para ser amueblada a tu gusto, ofreciéndote la posibilidad de crear el espacio culinario de tus sueños. Este acogedor piso también incluye un dormitorio de tamaño generoso, proporcionándote un espacio personalizado y cómodo para descansar. Además, cuenta con un baño completo, ideal para tu comodidad diaria. No dejes pasar esta excelente oportunidad de adquirir tu propio espacio en Cambil. ¡Llámanos ahora para concertar una visita y descubrir todo lo que este maravilloso piso tiene para ofrecer! - El inmueble ha sido adquirido a través de un procedimiento judicial (concursal o hipotecario) por el vendedor, el cual no ha tomado todavía posesión del mismo. El Inmueble se transmite sin conocerse por parte del Vendedor el estado de conservación actual, ni su situación ocupacional, arrendaticia, de servicios y de suministros. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor y (vi) sin dotación de servicios y suministros.
El Adquirente asumirá: (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble y (v) los tramites que conlleven la obtención de la Posesión Judicial del Inmueble.
La Propiedad no responderá de/l: (i) estado de conservación (ii) los vicios vistos y aparentes (iii) la regularización registral o catastral (iv) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (v) responsabilidad alguna en la obtención de la cédula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vi) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior.
El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado, en consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética.
El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra....