Terreno en Pje Valdecastellanos, Almanza
Suelo rústico de 54 m² ubicado en Castromudarra, Almanza, León. Se trata de un suelo no urbanizable de 54 m² de carácter rústico y uso agropecuario/secano. Mediante inspección ocular y ortofotografía, se ha comprobado que el acceso a la finca valorada se realiza a través de una servidumbre de paso aparente que no está recogida en la descripción registral. Se ha descontado el valor correspondiente a la superficie que ocupa la servidumbre en las fincas por las que se da acceso a la valorada. Del valor adoptado deberán deducirse además los costes correspondientes a daños y perjuicios derivados de su constitución legal, de los que no se ha dispuesto de información alguna para realizar la presente valoración. Vendemos sin la misma. Este suelo se sitúa en el paraje Valdecastellanos, en la zona conocida como Campo de Abajo, un entorno tranquilo y natural que ofrece un ambiente ideal para actividades agrícolas o ganaderas. El acceso principal a esta parcela se realiza a través de la carretera LE-233, que conecta con la autovía A-231, facilitando la comunicación con otras localidades cercanas y con la capital provincial, León. En cuanto a las comunicaciones públicas, la zona cuenta con servicios de autobús interurbano que conectan Almanza con León y otras poblaciones cercanas, aunque la frecuencia puede ser limitada dada la naturaleza rural del entorno. El aeropuerto más cercano es el Aeropuerto de León, situado aproximadamente a 70 km, accesible mediante la A-231 y la LE-233. En la localidad de Almanza y sus alrededores se pueden encontrar servicios básicos como supermercados, restaurantes y centros educativos. Además, en la capital provincial, León, a unos 50 km, se dispone de una amplia oferta de servicios sanitarios, incluyendo el Hospital Universitario de León y varios centros de salud, así como instalaciones deportivas, oficinas bancarias y centros comerciales. La zona destaca por su entorno natural, ideal para quienes buscan tranquilidad y contacto con la naturaleza, sin renunciar a la proximidad de servicios esenciales y buenas comunicaciones. Con nuestros servicios podrá encontrar suelo rústico que necesita y asegurar su inversión con el mejor de los asesoramientos especializados. Empiece ahora mismo pidiendo más información. Un responsable cercano a usted le atenderá personalmente. - El inmueble ha sido adquirido a través de un procedimiento judicial (concursal o hipotecario) por el vendedor, el cual no ha tomado todavía posesión del mismo. El Inmueble se transmite sin conocerse por parte del Vendedor el estado de conservación actual, ni su situación ocupacional, arrendaticia, de servicios y de suministros. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor y (vi) sin dotación de servicios y suministros. El Adquirente asumirá: (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble y (v) los tramites que conlleven la obtención de la Posesión Judicial del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l: (i) estado de conservación (ii) los vicios vistos y aparentes (iii) la regularización registral o catastral (iv) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (v) responsabilidad alguna en la obtención de la cédula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vi) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado, en consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra.
- 54 m²