Apartamento de 60 m² en El Mojón
El Mojón, Pilar de la Horadada
¡Tu oasis mediterráneo a estrenar en Torre de la Horadada! Si buscas exclusividad, sol todo el año y un espacio exterior privado sencillamente espectacular, esta planta baja de obra nueva es la joya que estabas esperando. Diseñada al detalle para maximizar el confort y el estilo de vida costero, esta propiedad destaca por una impresionante terraza privada de 72 m2, ideal para disfrutar de cenas al aire libre, tomar el sol o crear tu propio salón chill-out bajo el cielo de Alicante. 📐 DISTRIBUCIÓN Y CARACTERÍSTICAS PREMIUM * Espacio inteligente: 60 m2 construidos optimizados a la perfección, con un diseño moderno y fluido. * Dormitorios: 2 amplias habitaciones llenas de luz natural (incluye armario empotrado). * Baños: 2 baños completos con acabados de diseño contemporáneo. * Orientación Sur: La mejor orientación posible para garantizar luminosidad absoluta y una temperatura agradable durante todo el año. * Completamente equipada: Se entrega amueblada y con electrodomésticos incluidos. Cuenta además con preinstalación de aire acondicionado y puerta de seguridad. 🚗 COMODIDAD Y ZONAS COMUNES DE ENSUEÑO Olvídate de buscar aparcamiento al volver de la playa. La vivienda incluye una amplia plaza de garaje privada de casi 16 m2. Además, el complejo residencial ofrece un entorno inigualable: ✨ Piscina comunitaria rodeada de cuidadas zonas verdes. 🎾 Pistas de pádel exclusivas para los residentes. 🏢 Edificio con ascensor y portero automático. 📍 UBICACIÓN ESTRATÉGICA (Sin coche) 🏖️ A solo 5 minutos andando de las paradisíacas playas de Torre de la Horadada. 🍽️ A 2 minutos de zonas de ocio, restaurantes, cafeterías y servicios esenciales. 📞 Contáctanos hoy mismo para recibir los planos, memoria de calidades y asegurar tu prioridad en esta promoción exclusiva.!! En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio de venta indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales serán asumidos por la parte compradora y se desglosan a continuación: *IMPUESTOS A PAGAR EN VIVIENDAS* 1) Primera transmisión (obra nueva): -Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): 10% (Tipo General): Se aplica a la gran mayoría de viviendas de obra nueva, incluyendo hasta un máximo de dos plazas de garaje y anexos que se transmitan conjuntamente en el mismo edificio. 4% (Tipo Reducido): Se aplica exclusivamente a las Viviendas de Protección Oficial (VPO) de régimen especial o de promoción pública. Más info en: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/iva-operaciones-inmobiliarias/compro-vivienda-tengo-que-pagar-itp.html -Actos Jurídicos Documentados (IAJD):1,4% (Tipo General): Es el porcentaje estándar aplicable a las escrituras de compraventa de obra nueva sujetas a IVA.0,1% (Tipo Superreducido): Bonificación especial aplicable si la propiedad de obra nueva se destina a ser tu primera vivienda habitual. A continuación se detallan los porcentajes vigentes, incluyendo las recientes actualizaciones fiscales introducidas por la Generalitat Valenciana: https://hisenda.gva.es/es/web/tributos/beneficis-fiscals-2026 2) Segunda transmisión (reventas, segunda mano): Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma de 9% (generalmente, sin perjuicio de tipos reducidos del 8%, 6%, 4% o 3% aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble). El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior. Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en la Comunidad Valenciana, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria Valenciana en el siguiente enlace: https://atv.gva.es/es/itpajd *IMPUESTOS A PAGAR EN LOCALES, NAVES Y OFICINAS* 1) Primera transmisión (obra nueva) de local, nave u oficina: Cuando el vendedor es promotor, constructor, empresario que realiza la primera entrega, la operación queda sujeta a IVA al 21 % (Si el comprador es empresario/profesional con derecho a deducción, podrá recuperar el IVA soportado) y Actos Jurídicos Documentados (AJD) al 1,4 % 2) Segunda transmisión de local, nave u oficina usada: Cuando la operación no tributa por IVA, la compra queda sometida a Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas (ITP) al 9 % hasta 1.000.000 € de base imponible y 11 % sobre el exceso de 1.000.000 € 3) Segunda transmisión entre empresarios con renuncia a la exención de IVA. Esta sigue siendo una de las operaciones más habituales en naves industriales, edificios de oficinas, locales comerciales de inversión. Cuando procede la renuncia a la exención de IVA tributa por IVA al 21% y AJD al 1,4%. Si el comprador es empresario con derecho a deducción podrá recuperar el IVA. *GASTO
- 2 habs·
- 2 baños·
- 60 m²·
- Bajos
