¿A cuánto asciende la ayuda para reformar casa?
El importe de la subvención será del 40% del coste total de la obra, con un límite máximo de 3.000 euros por vivienda. Para poder solicitarla, el presupuesto mínimo de la actuación debe ser igual o superior a 1.000 euros.
| Presupuesto de la obra |
Cuantía de la ayuda |
| 1.500€ |
600€ |
| 3.000€ |
1.200€ |
| 8.000€ |
3.000€ |
¿Cómo solicitar la ayuda a la reforma de vivienda paso a paso?
Las comunidades autónomas son las encargadas de gestionar las convocatorias públicas. En la correspondiente convocatoria publicada por la CCAA, se especifica el procedimiento para solicitar la ayuda, por lo que no hay un proceso único. De todos modos, en general, estos son los pasos a seguir para solicitar la ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas:
Paso 1. Solicitud
Accede a la convocatoria desde la web de la oficina de vivienda de tu CCAA e inicia el trámite. Recuerda que deberá llevarlo a cabo el solicitante de la ayuda o una persona autorizada (el gestor o el agente de la rehabilitación). Podrás hacer la solicitud por las siguientes vías:
- Por Internet.
- Descargando el formulario y presentándolo en los lugares habilitados:
- Oficinas de la vivienda de tu CCAA.
- Oficinas locales de rehabilitación.
- Oficinas técnicas de rehabilitación.
Paso 2. Declaración de los requisitos técnicos
En un plazo máximo de 10 días después de haber solicitado la ayuda un técnico deberá realizar la declaración responsable de los requisitos técnicos de la vivienda:
- Datos técnicos del edificio.
- Certificado energético.
- Declaración responsable de “no causar perjuicio en el medio ambiente”.
- Estimación de la reducción de la energía primaria no renovable.
Paso 3. Respuesta de la Administración
La Administración dará respuesta a la persona solicitante en un periodo que puede prolongarse hasta los tres meses. Este periodo puede variar en función de la comunidad autónoma.
¿Quién puede solicitar la ayuda para reformar casa?
- Propietarios.
- Usufructuarios y inquilinos (con el acuerdo del propietario cuando proceda).
- Administraciones de derecho público y empresas públicas o sociedades mercantiles estatales (según programa).
¿Qué gastos son subvencionables?
El importe de la subvención será del 40% de la obra para la mejora energética de la vivienda con un límite de 3.000 euros. En el presupuesto, podrán incluirse:
- Honorarios de los profesionales.
- Costes de la redacción de los proyectos.
- Certificados y los gastos derivados de la tramitación administrativa.
- Gastos generales que estén justificados.