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Mataró
Oportunidad sólo para inversores. El activo se encuentra ocupado por persona sin justo título. Debido al estado ocupacional del activo, no se pueden realizar visitas al mismo.
Piso de 99 m ubicado en Mataró, Barcelona. Se trata de un piso de 99 m² distribuidos en salón-comedor, cocina, 4 dormitorios y 2 baños. Este atractivo inmueble se sitúa en una zona residencial tranquila, en la calle Alarona, lo que proporciona un ambiente apacible y familiar. Tiene buenos accesos por la carretera N-II y la C-32, facilitando la movilidad hacia otras localidades y la capital. En cuanto las comunicaciones públicas, la estación de tren de Mataró se encuentra a pocos minutos, ofreciendo conexiones directas a Barcelona, así como varias líneas de autobuses que recorren la ciudad y sus alrededores.
En la ubicación podemos encontrar servicios como supermercados, restaurantes, instalaciones deportivas y centros educativos. Además, se encuentra cerca del Hospital de Mataró, lo que garantiza atención médica de calidad. Entre los puntos de interés cercanos destacan la playa de Mataró, ideal para disfrutar de días soleados, y el puerto deportivo que ofrece diversas actividades náuticas y de ocio.
Con nuestros servicios podrá encontrar el piso que necesita y asegurar su inversión con el mejor de los asesoramientos especializados. Empiece ahora mismo pidiendo más información. Un responsable cercano a usted le atenderá personalmente.
- El inmueble se encuentra ocupado ilegalmente por terceros y sin los suministros debidamente contratados. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor y (vi) sin dotación de servicios y suministros.
El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble y (v) los tramites que conlleven la obtención de la Posesión Judicial del Inmueble.
La Propiedad no responderá de/l (i) estado de conservación (ii) los vicios vistos y aparentes (iii) la regularización registral o catastral (iv) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (v) la responsabilidad en la obtención de la cédula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vi) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior.
Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente la ocupación, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. Si en la fecha de venta, la Propiedad hubiese interpuesto una denuncia penal, que se encontrase en curso, se comunicará al Juzgado la venta, apartándose la Propiedad del procedimiento como acusación particular.
El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado, en consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética.
El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra.
El inmueble se encuentra catalogado como Inmueble de Protección Oficial, por lo que queda afecto a las medidas y limitaciones Estatales y/o de la Comunidad Autónoma donde se ubica el mismo.
La presentación de oferta por la compra de esta tipología de inmuebles debe efectuarse por interesados que cumplan las condiciones de acceso a una Vivienda Protegida, lo que deberá ser tramitados con carácter previo a la adquisición. De igual modo, la formalización de la transmisión posterior requerirá que, en aquellas Comunidades Autónomas en las que sea necesario, el interesado conste inscrito en el Registro de Demandantes de Vivienda Protegida.
Tipo de inmueble
Consumo energía
Emisiones
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