Residential an Muro de Alcoy
Muro de Alcoy
CASERO©CASAS, Vende: SUELO URBANIZABLE EN MURO DE ALCOY - ALICANTE. Terrenos en Muro de Alcoy, a quince minutos de Alcoy y a una hora de Valencia en coche, y también de Alicante. Los terrenos están mayoritariamente clasificados y calificados, según el planeamiento vigente que es el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) del Ayuntamiento de Muro de Alcoy, como Suelo Urbanizable Residencial en el SECTOR L’ARPELLA; como resultado del procedimiento simplificado de valoración colectiva que se ha realizado en el Municipio, actualmente tributan en el IBI como suelo valorado por localización no ocupado por construcción. Los terrenos ocupan una superficie de unas 12 hectáreas, se encuentran en la zona de L’ARPELLA dentro de la finca de Muro de Alcoy nº 5.400, recogida en el Registro de la Propiedad de Cocentaina y establecida como una agrupación de siete fincas (689, 1.476, 1.933, 1.946, 3.504, 3.603 y 3.803), pendientes de ser segregados. Las referencias catastrales de los terrenos en venta y sus superficies son las siguientes: 03092A006000250000MI (Polígono 6, Parcela 25, 108.056 m2) 03092A006000300000ME (Polígono 6, Parcela 30, 4.021 m2) 03092A006000620000ME (Polígono 6, Parcela 62, 8.197 m2). Total: 120.274 m2 El Plan General de Ordenación Urbana contempla, en la zona de concreta deL’ARPELLA, la edificación de hasta nueve viviendas unifamiliares aisladas por hectárea, con una altura máxima de dos plantas sobre rasante; igualmente, el PGOU admite otros usos compatibles: industrial (artesano), de servicios de automóvil (garajes), terciario (comercio) y dotacional (deportivo, educativo, sociocultural, religioso, administrativo, asistencial y residencial). Por otra parte, el índice de edificabilidad bruta para el sector de L’ARPELLA está establecido en 0,20 m2t/m2s; en base a ello, los metros cuadrados totales de techo edificable para el sector son las siguientes: 368.201 m2s x 0,20 m2t/m2s = 73.640 m2t. Así, para el cómputo de edificabilidad máxima, se contabilizarán todas las plantas construidas sobre rasante, los semisótanos y los espacios libres bajo cubierta de altura libre superior a 1,5 metros. Además, el ámbito de planeamiento contempla que, si el desarrollo se realiza mediante dos o más unidades de ejecución, la primera de ellas deberá ser mayor de 40.000 m2. El Plan Parcial que ordene el sector debe prever la ejecución de una calle paralela a la carretera N-340 hasta suelo urbano; el desarrollo del sector estará condicionado a la realización de dicho vial, que dispondrá de pantalla antirruido. La parcela 25 está clasificada como Suelo Urbanizable Residencial, salvo una porción al sur, en concreto las subparcelas “i”, “j” y “k” (suelo total urbanizable, 108.056 - 2.642 - 5.550 - 203 = 99.661 m2); por otra parte, las parcelas 30 y 62 están dentro del suelo que forma parte de la Red Primaria de Dotaciones Públicas, más concretamente de Parque Público (PQL). Basándonos en lo anterior, para una hectárea, 10.000 m2/s x 0,2 m2t / m2s = 2.000 m2t; 2.000 m2t / 9 viviendas = 222,22 m2t por vivienda. Para nuestra superficie, 99.661 m2/s x 0,2 m2t / m2s = 19.932,2 m2t; 19.932,2 m2t / 222,22 m2t = 89,695 viviendas. Es decir, se podrían construir casi 90 viviendas o un menor número de ellas con un mayor tamaño. Se ofrece una extensión suficiente para hacer una primera actuación si el desarrollo se quiere abordar por fases.
- 120274 m²