Industrial buildings in Pz Algibe, Benamaurel
Benamaurel
Oportunidad sólo para inversores. El activo se encuentra ocupado. Debido al estado ocupacional del activo, no se pueden realizar visitas al mismo. Nave industrial de 500 m² ubicada en Benamaurel, Granada. Se trata de una nave industrial de 500 m² distribuidos en varias estancias. Tiene portón de acceso para vehículos y puerta para personas, además de acceso directo desde la calle. La versatilidad de la nave permite su uso para distintas actividades empresariales, lo que facilita la adaptación a diferentes necesidades productivas o logísticas. Esta nave industrial se encuentra situada en el entorno del polígono industrial de Benamaurel, en las proximidades del casco urbano, lo que garantiza un fácil acceso tanto para vehículos de gran tamaño como para vehículos particulares. Dispone de buenas conexiones a través de la carretera GR-9107, que enlaza con vías regionales clave y ofrece excelentes posibilidades de entrada y salida del municipio para el transporte de mercancías. El activo está en una zona que posee las infraestructuras necesarias y suficientes para el desarrollo de cualquier actividad industrial. El polígono está totalmente consolidado y en los alrededores se pueden encontrar diversos negocios industriales que contribuyen a la actividad y el dinamismo del área. En las inmediaciones se encuentran también servicios básicos y de apoyo logístico, así como acceso rápido a estaciones de servicio. Dentro del núcleo urbano de Benamaurel, se cuenta con supermercados, entidades bancarias, centros educativos, y la atención sanitaria está cubierta por el centro de salud del municipio y una farmacia local. Como puntos de interés, destacan la iglesia de Nuestra Señora de la Anunciación y el Museo de Historia de Benamaurel, ambos a pocos minutos en vehículo desde la nave. Con nuestros servicios podrá encontrar la nave industrial que necesita y asegurar su inversión con el mejor de los asesoramientos especializados. Empiece ahora mismo pidiendo más información. Un responsable cercano a usted le atenderá personalmente. - El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vii) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente al arrendatario, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado. En consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. En el caso de que a la Propiedad no le consten depositadas las fianzas o garantías que se constituyeron en el contrato de arrendamiento por no haber sido el arrendador inicial del contrato, el adquirente exonerara a la Propiedad de la entrega de dichas fianzas y/o garantías. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra.
- 500 m²
