Premises in C/ Industria, Onda
Local comercial de 442 m² ubicado en Onda, Castellón. Se trata de un local comercial de 442 m² distribuidos en varias dependencias. Cuenta con acceso directo desde la calle Industria, lo que facilita la entrada y salida de clientes y proveedores. El inmueble se encuentra en el núcleo urbano de Onda, una zona consolidada con gran actividad comercial y de servicios, lo que lo convierte en una excelente oportunidad para establecer cualquier tipo de negocio. La ubicación del local ofrece excelentes accesos por carretera, destacando la proximidad a la CV-20, que conecta rápidamente con la autovía A-7, facilitando la comunicación tanto con Castellón de la Plana como con otras localidades del entorno. En cuanto a transporte público, Onda dispone de varias líneas de autobús interurbano que enlazan con Castellón y municipios cercanos, así como servicios de taxi. La estación de tren más próxima se encuentra en Vila-real, a unos 15 minutos en coche, lo que amplía las posibilidades de comunicación para empleados y clientes. En la zona donde se sitúa el local, los servicios son abundantes y variados. A escasos metros se encuentran supermercados, restaurantes, cafeterías, farmacias, oficinas bancarias y otros negocios comerciales. Además, Onda cuenta con centros educativos, instalaciones deportivas como el Polideportivo Municipal, y centros de salud como el Centro de Salud Onda I. Entre los puntos de interés cercanos destaca el Castillo de Onda, uno de los monumentos más emblemáticos de la localidad, así como el Museo del Azulejo Manolo Safont, referente cultural de la zona. Para mayor comodidad, el Hospital de la Plana se encuentra a unos 20 minutos en coche, garantizando asistencia sanitaria de calidad. Con nuestros servicios podrá encontrar el local comercial que necesita y asegurar su inversión con el mejor de los asesoramientos especializados. Empiece ahora mismo pidiendo más información. Un responsable cercano a usted le atenderá personalmente. - Inmueble sujeto al periodo de oferta+. Son inmuebles para los que la propiedad ha establecido un “precio de referencia”, por lo que no constituyen una oferta contractual. Será la persona o personas interesadas en la compra del inmueble quienes deban presentar su mejor oferta que será debidamente analizada y aceptada o rechazada, según proceda. Advertir que la propiedad ha establecido que la campaña tenga una duración determinada siendo que una vez haya finalizado el plazo establecido para la campaña, pudiendo ser consultada la fecha fin a través de nuestra línea de atención comercial, será el momento en el que se analicen las ofertas, siendo que la propiedad no estará vinculada a la aceptación de ninguna de ellas. De igual modo, la persona o personas interesadas podrán desistir de su oferta hasta el momento en que la misma sea aceptada y se suscriba el correspondiente contrato y/o reserva. Los inmuebles sujetos a esta modalidad estarán identificados en la página web www.solvia.es, con la leyenda “oferta+”. El periodo de la campaña podrá ser ampliado a voluntad de la Propiedad en aquellos casos en que se produzcan incidencias que hubieran imposibilitado a cualquier ofertante la visita del inmueble (respecto aquellos en los que la presentación de la oferta requiere la visita previa) o en aquellos casos en los que se produzca cualquier otra circunstancia justificada. El inmueble ha sido adquirido a través de un procedimiento judicial (concursal o hipotecario) por el vendedor, el cual no ha tomado todavía posesión del mismo. El Inmueble se transmite sin conocerse por parte del Vendedor el estado de conservación actual, ni su situación ocupacional, arrendaticia, de servicios y de suministros. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor y (vi) sin dotación de servicios y suministros. El Adquirente asumirá: (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble y (v) los tramites que conlleven la obtención de la Posesión Judicial del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l: (i) estado de conservación (ii) los vicios vistos y aparentes (iii) la regularización registral o catastral (iv) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (v) responsabilidad alguna en la obtención de la cédula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vi) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. El estado de ocu
- 441 m²