{"id":65085,"date":"2021-10-07T11:00:39","date_gmt":"2021-10-07T09:00:39","guid":{"rendered":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/?p=65085"},"modified":"2023-11-08T12:57:34","modified_gmt":"2023-11-08T11:57:34","slug":"es-legal-la-instalacion-de-camaras-de-videovigilancia-en-una-comunidad-de-propietarios","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/seguridad\/es-legal-la-instalacion-de-camaras-de-videovigilancia-en-una-comunidad-de-propietarios\/","title":{"rendered":"\u00bfEs legal la instalaci\u00f3n de c\u00e1maras de videovigilancia en una Comunidad de Propietarios?"},"content":{"rendered":"<p>La instalaci\u00f3n de c\u00e1maras de videovigilancia en las Comunidades de Propietarios es un tema que genera gran controversia. Mientras que buena parte de los vecinos ven las c\u00e1maras como una <strong>soluci\u00f3n a problemas de inseguridad, <a href=\"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/seguridad\/robos-comunidades-de-propietarios\/\">robos<\/a> o vandalismo en el edificio,<\/strong> otros lo sienten como una medida desproporcionada que puede comprometer su derecho a la intimidad.<\/p>\n<p>A pesar de estas dudas de los m\u00e1s reacios, <strong>la instalaci\u00f3n de c\u00e1maras de videovigilancia en una comunidad de propietarios es perfectamente legal<\/strong> y solo deber\u00e1n de cumplirse una serie de requisitos para que el establecimiento de los sistemas y su funcionamiento se adapten a la LOPD (Ley Org\u00e1nica de Protecci\u00f3n de Datos) y a la LPH (Ley de Propiedad Horizontal).<\/p>\n<h2>Requisitos para la instalaci\u00f3n de un Sistema de Videovigilancia en una Comunidad de Propietarios<\/h2>\n<p>La <a href=\"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/seguridad\/camaras-de-seguridad-en-una-comunidad-de-propietarios-dudas-y-respuestas\/\"><strong>instalaci\u00f3n de un sistema de videovigilancia en una comunidad de propietarios<\/strong><\/a> deber\u00e1 cumplir con los siguientes requisitos:<\/p>\n<h3>La medida de instalar c\u00e1maras de seguridad en una comunidad debe contar con suficiente apoyo entre los vecinos<\/h3>\n<p>Seg\u00fan el Art\u00edculo 17.1 de la <strong>Ley de Propiedad Horizontal<\/strong>, para incorporar en la comunidad servicios o mejoras no imprescindibles para la conservaci\u00f3n, habitabilidad y accesibilidad del inmueble, como podr\u00edan ser las c\u00e1maras de videovigilancia, har\u00e1 falta el <strong>voto favorable de las tres quintas partes de los propietarios,<\/strong> que a su vez supongan las tres quintas partes de las cuotas de participaci\u00f3n.<\/p>\n<p>No ser\u00e1 necesario que se alcance esta mayor\u00eda por tres quintas partes durante la Junta de Propietarios. Si en esta se alcanzara una mayor\u00eda simple de propietarios a favor que a su vez poseyeran una mayor\u00eda de cuotas de participaci\u00f3n, <strong>deber\u00e1 notificarse el acuerdo a los vecinos que no hayan acudido a la junta<\/strong>, quienes tendr\u00e1n 30 d\u00edas desde que reciban la notificaci\u00f3n para oponerse, en caso de no hacerlo, sus votos computar\u00e1n como favorables para alcanzar la mayor\u00eda de las tres quintas partes.<\/p>\n<p>Si la Comunidad de Propietarios cuenta con otros servicios de seguridad privada como vigilantes o controladores, <strong>las c\u00e1maras de videovigilancia se considerar\u00edan un complemento a los servicios de seguridad<\/strong> que ya existen, y solo har\u00eda falta una mayor\u00eda simple de propietarios a favor para la instalaci\u00f3n de estas.<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter wp-image-65105 size-full\" title=\"legalidad de las videoc\u00e1maras\" src=\"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-content\/uploads\/2021\/10\/videovigilancia.jpg\" alt=\"legalidad de las videoc\u00e1maras\" width=\"880\" height=\"275\" srcset=\"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-content\/uploads\/2021\/10\/videovigilancia.jpg 880w, https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-content\/uploads\/2021\/10\/videovigilancia-300x94.jpg 300w, https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-content\/uploads\/2021\/10\/videovigilancia-150x47.jpg 150w, https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-content\/uploads\/2021\/10\/videovigilancia-768x240.jpg 768w\" sizes=\"auto, (max-width: 880px) 100vw, 880px\" \/><\/p>\n<h3>Solo podr\u00e1n acceder a las im\u00e1genes de las c\u00e1maras de seguridad las personas autorizadas<\/h3>\n<p>No podr\u00e1 acceder a las im\u00e1genes captadas cualquier vecino, ni siquiera si se viera afectado por algo que haya sucedido y haya sido captado por las c\u00e1maras.<\/p>\n<p>Solo podr\u00e1 acceder a las im\u00e1genes el responsable del fichero, que en este caso ser\u00e1 <strong>la propia comunidad de propietarios representada por el presidente.<\/strong> Esta figura es quien decidir\u00e1 la finalidad, el contenido y el uso que se dar\u00e1 a las im\u00e1genes.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, existir\u00e1 la figura del encargado de tratamiento, que solo podr\u00e1n tratar los datos conforme a las instrucciones del responsable del fichero, y deber\u00e1n encargarse de adoptar las <strong>medidas necesarias para garantizar la seguridad de los datos de car\u00e1cter personal, y de su custodia.<\/strong><\/p>\n<p>Aunque no es obligatorio, es muy recomendable que el encargado del tratamiento de las im\u00e1genes sea una Empresa de Seguridad Homologada, ya que se necesitan ciertos <strong>recursos t\u00e9cnicos para que las im\u00e1genes est\u00e9n debidamente protegidas<\/strong>, y el acceso a las mismas est\u00e9 restringido a las personas autorizadas.<\/p>\n<p>Tanto el responsable del fichero como los encargados del tratamiento de las im\u00e1genes est\u00e1n<strong> obligados al secreto profesional respecto del contenido de estas,<\/strong> por tanto, tampoco podr\u00e1n revelar a los vecinos lo que han visualizado en las im\u00e1genes.<\/p>\n<p>Solo ser\u00e1 admisible la<strong> cesi\u00f3n de las grabaciones de las c\u00e1maras de videovigilancia a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado<\/strong> siempre que quede acreditado que la obtenci\u00f3n de estos datos es necesaria para la prevenci\u00f3n de un peligro real o grave, o sean necesarias con fines de investigaci\u00f3n.<\/p>\n<h3>Se deber\u00e1 de informar de la presencia de las c\u00e1maras de seguridad del edificio<\/h3>\n<p>Se deber\u00e1n colocar<strong> distintivos informando de que la zona est\u00e1 videovigilada,<\/strong> de manera bien visible, para dar a conocer a los usuarios de las zonas comunes de que existen c\u00e1maras de seguridad.<\/p>\n<p>Estos carteles para cumplir con los requisitos de la Agencia Espa\u00f1ola de Protecci\u00f3n de Datos deber\u00e1n<strong> contener una informaci\u00f3n espec\u00edfica:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Deber\u00e1 especificarse en ellos la <strong>finalidad<\/strong> con la que se est\u00e1n captando las im\u00e1genes, en este caso la videovigilancia (Zona Videovigilada).<\/li>\n<li>Deber\u00e1n contener una<strong> referencia a la Ley Org\u00e1nica de Protecci\u00f3n de Datos<\/strong> (LOPD).<\/li>\n<li>Deber\u00e1n facilitar la <strong>identidad y un modo de contacto<\/strong> con el responsable del fichero, donde todas las personas que han sido grabadas pueden ejercer sus derechos A.R.C.O. (acceso, rectificaci\u00f3n, cancelaci\u00f3n u oposici\u00f3n).<\/li>\n<\/ul>\n<p>Adem\u00e1s, el responsable de tratamiento deber\u00e1 tener siempre a disposici\u00f3n de los afectados<strong> impresos informativos sobre el tratamiento de sus datos,<\/strong> mediante los que puedan ejercer los derechos A.R.C.O.<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter wp-image-65106 size-full\" title=\"c\u00e1maras de seguridad\" src=\"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-content\/uploads\/2021\/10\/sistema-videovigilancia.jpg\" alt=\"c\u00e1maras de seguridad en Comunidades de vecinos\" width=\"600\" height=\"178\" srcset=\"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-content\/uploads\/2021\/10\/sistema-videovigilancia.jpg 600w, https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-content\/uploads\/2021\/10\/sistema-videovigilancia-300x89.jpg 300w, https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-content\/uploads\/2021\/10\/sistema-videovigilancia-150x45.jpg 150w\" sizes=\"auto, (max-width: 600px) 100vw, 600px\" \/><\/p>\n<h3>Las c\u00e1maras de seguridad solo podr\u00e1n captar zonas comunes de la comunidad de propietarios<\/h3>\n<p>Las c\u00e1maras de videovigilancia <strong>no podr\u00e1n grabar la v\u00eda p\u00fablica,<\/strong> ya que la seguridad del espacio p\u00fablico ser\u00e1 competencia exclusiva de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.<\/p>\n<p>Habr\u00eda una excepci\u00f3n contemplada por la LOPD para los casos en que las c\u00e1maras de videovigilancia, para <strong>vigilar un espacio privado como los accesos al portal o garaje<\/strong> de la comunidad de propietarios, captaran una porci\u00f3n de la v\u00eda p\u00fablica.<\/p>\n<p>En estos casos la Instrucci\u00f3n 1\/2006 en su art\u00edculo 4.3 establece que: \u201c<em>Las c\u00e1maras y videoc\u00e1maras instaladas en espacios privados no podr\u00e1n obtener im\u00e1genes de espacios p\u00fablicos salvo que resulte imprescindible para la finalidad de vigilancia que se pretende, o resulte imposible evitarlo por raz\u00f3n de la ubicaci\u00f3n de aqu\u00e9llas. En todo caso deber\u00e1 evitarse cualquier tratamiento de datos innecesario para la finalidad perseguida<\/em>\u201d.<\/p>\n<p>Para que esta excepci\u00f3n resulte aplicable no podr\u00e1 haber una alternativa para realizar dicha instalaci\u00f3n, y el<strong> \u00e1rea de la v\u00eda p\u00fablica grabada por las c\u00e1maras deber\u00e1 ser la estrictamente necesaria.<\/strong><\/p>\n<p>Adem\u00e1s, las c\u00e1maras de seguridad <strong>nunca podr\u00e1n recoger im\u00e1genes de espacios privados o privativos de los vecinos<\/strong> tales como terrazas, ventanas o el interior de sus viviendas.<\/p>\n<p>Si las c\u00e1maras captan accidentalmente parte interior de una vivienda, como una ventana o parte del jard\u00edn de un piso bajo, podr\u00e1 aplicarse una m\u00e1scara de privacidad que oculte esa \u00e1rea de la escena en la grabaci\u00f3n, de modo que, si visualiz\u00e1ramos las im\u00e1genes, esos espacios se ver\u00edan pixelados o cubiertos por una m\u00e1scara negra.<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter wp-image-65107 size-full\" title=\"sistema de videovigilancia en el edificio\" src=\"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-content\/uploads\/2021\/10\/camara.jpg\" alt=\"sistema de videovigilancia en el edificio\" width=\"880\" height=\"262\" srcset=\"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-content\/uploads\/2021\/10\/camara.jpg 880w, https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-content\/uploads\/2021\/10\/camara-300x89.jpg 300w, https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-content\/uploads\/2021\/10\/camara-150x45.jpg 150w, https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-content\/uploads\/2021\/10\/camara-768x229.jpg 768w\" sizes=\"auto, (max-width: 880px) 100vw, 880px\" \/><\/p>\n<h3>Las im\u00e1genes de las c\u00e1maras de seguridad solo podr\u00e1n conservarse por un tiempo limitado<\/h3>\n<p>Seg\u00fan la Ley Org\u00e1nica de Protecci\u00f3n de Datos, las im\u00e1genes grabadas por un sistema de seguridad privada<strong> no deber\u00e1n superar los 30 d\u00edas de antig\u00fcedad.<\/strong><\/p>\n<p>Solo podr\u00e1n guardarse las im\u00e1genes por m\u00e1s tiempo cuando ocurra alg\u00fan suceso por el que se necesitase custodiar la grabaci\u00f3n, por ejemplo,<strong> si las im\u00e1genes constituyen una prueba para una investigaci\u00f3n policial o necesitaran custodiarse<\/strong> por requerimiento judicial.<\/p>\n<p>Mediante la obligaci\u00f3n del <strong>cumplimiento de estos requisitos, el derecho a la intimidad y privacidad de los vecinos,<\/strong> trabajadores, y personas que accedan a la comunidad de propietarios quedan salvaguardados, de modo que, en contra de lo que algunos detractores a\u00fan piensan, una comunidad con videovigilancia, en ning\u00fan caso se convertir\u00eda en un \u201cGran Hermano\u201d<\/p>\n<p>En caso de que la <strong><a href=\"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/seguridad\/videovigilancia-a-que-sanciones-se-arriesga-la-comunidad\/\">Comunidad de Propietarios no cumpliera estos requisitos<\/a><\/strong>, podr\u00eda enfrentar <strong>importantes sanciones por parte de la Agencia Espa\u00f1ola de Protecci\u00f3n de Datos, de entre 900 y 600.000\u20ac.<\/strong><\/p>\n<p>Las c\u00e1maras de videovigilancia, utilizadas debidamente, son un sistema de seguridad eficaz a la hora de prevenir delitos y evitar conductas inc\u00edvicas o actos de vandalismo, por su gran poder disuasorio, ya que nadie que hace algo ilegal o il\u00edcito quiere ser grabado.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La instalaci\u00f3n de c\u00e1maras de videovigilancia en las Comunidades de Propietarios es un tema que genera gran controversia. 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