{"id":6336,"date":"2015-04-14T14:07:47","date_gmt":"2015-04-14T12:07:47","guid":{"rendered":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/?p=6336"},"modified":"2020-11-27T11:30:52","modified_gmt":"2020-11-27T10:30:52","slug":"que-hay-que-declarar-si-se-vive-en-una-comunidad-de-propietarios","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/hipotecas-finanzas\/que-hay-que-declarar-si-se-vive-en-una-comunidad-de-propietarios\/","title":{"rendered":"Factores a tener en cuenta para la declaraci\u00f3n si vives en una comunidad de propietarios"},"content":{"rendered":"<p>Las comunidades de vecinos tambi\u00e9n pueden percibir ingresos que pueden afectar a la hora de que los propietarios hagan la declaraci\u00f3n de la renta. El <a title=\"CAFMadrid\" href=\"https:\/\/www.cafmadrid.es\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\"><strong>Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid<\/strong><\/a> (CAFMadrid) recuerda las obligaciones por las que los propietarios tienen que tributar en el IRPF, en ocasiones con consecuencias negativas, como es el caso de las subvenciones.<\/p>\n<h2><strong>\u00bfLas subvenciones recibidas por la comunidad est\u00e1n sujetas al IRPF?<\/strong><\/h2>\n<p>Seg\u00fan la redacci\u00f3n actual de la Ley de IRPF, las subvenciones obtenidas por una comunidad de propietarios, como son las recibidas por la instalaci\u00f3n de un ascensor o por el dividendo digital, est\u00e1n sujetas al impuesto. Estas <strong><a title=\"La \u201cletra peque\u00f1a\u201d de la solicitud de subvenciones a la TDT\" href=\"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/hipotecas-finanzas\/la-letra-pequena-de-la-solicitud-de-subvenciones-la-tdt\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">subvenciones percibidas<\/a><\/strong> tienen la consideraci\u00f3n, seg\u00fan la Ley de IRPF, de ganancias patrimoniales.<\/p>\n<p>Por eso, se debe tener en cuenta que, independientemente del importe percibido por la subvenci\u00f3n, es probable que obligue al propietario a realizar su declaraci\u00f3n de IRPF.<\/p>\n<h2><strong>\u00bfLos rendimientos obtenidos por las comunidades en forma de subvenciones se imputar\u00e1n a los propietarios?<\/strong><\/h2>\n<p>Para Alberto Lucero, asesor fiscal del CAFMadrid, \u00abtoda vez que una comunidad de propietarios es una entidad en r\u00e9gimen de atribuci\u00f3n de rentas, los rendimientos obtenidos por las mismas se imputar\u00e1n a los propietarios, siendo en el caso que nos ocupa \u2212subvenciones\u2212 como ganancia patrimonial\u00bb. Esto significa que,\u00a0en las comunidades, la imputaci\u00f3n de los ingresos y los gastos se realiza en funci\u00f3n del coeficiente de participaci\u00f3n siguiendo lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal.<\/p>\n<p>Esta imputaci\u00f3n se incluye en la declaraci\u00f3n de entidades en r\u00e9gimen de atribuci\u00f3n de rentas (modelo 184) siempre que el importe de estas, junto con todos los ingresos percibidos por la comunidad de propietarios, sea superior a 3.000 \u20ac. Este modelo lo debe presentar la comunidad de propietarios el mes de febrero del a\u00f1o siguiente al a\u00f1o en el que se obtienen las rentas.<\/p>\n<h2><strong>\u00bfTrae a cuenta recibir una subvenci\u00f3n a la hora de declarar ante Hacienda?<\/strong><\/h2>\n<p>Depende. Seg\u00fan la <a title=\"Ley del IRPF\" href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-2006-20764\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\"><strong>Ley del IRPF<\/strong><\/a>, los contribuyentes con rentas de menos de 22.000 \u20ac anuales procedentes, entre otras fuentes, por los rendimientos \u00edntegros del trabajo no tienen que declarar. Tampoco tienen que presentar declaraci\u00f3n aquellos contribuyentes que obtienen sus rendimientos \u00edntegros exclusivamente del trabajo, del capital o de actividades econ\u00f3micas, as\u00ed como ganancias patrimoniales, con el l\u00edmite conjunto de 1.000 \u20ac anuales.<\/p>\n<p>Ahora bien, puede darse el caso de que un propietario, aun percibiendo rendimientos del trabajo por importe inferior a 22.000 \u20ac pero superior a 1.000 \u20ac, quede obligado a presentar declaraci\u00f3n de IRPF y, lo que es peor, que le resulte cuota a pagar.<\/p>\n<h2><strong>\u00bfQu\u00e9 otros conceptos tiene que declarar la comunidad de propietarios y c\u00f3mo afecta a cada miembro?<\/strong><\/h2>\n<p>En cuanto al arrendamiento de elementos comunes (cubiertas para colocar antenas de telefon\u00eda m\u00f3vil, fachada para instalar lonas publicitarias, etc.), la comunidad act\u00faa como sujeto pasivo del IVA e ingresa las cuant\u00edas con IVA que luego tendr\u00e1 que liquidar trimestralmente.<\/p>\n<p>Sin embargo, las comunidades de propietarios no tienen personalidad jur\u00eddica a efectos fiscales para computar las rentas derivadas del alquiler como un ingreso, por lo que corresponde a cada propietario, con arreglo a su coeficiente, reflejar este rendimiento en su declaraci\u00f3n de la renta. Tambi\u00e9n en caso de venta de la casa de porter\u00eda, ya que se trata de un elemento com\u00fan.<\/p>\n<p>Con respecto al alquiler, solo est\u00e1n exentas de IVA las viviendas que sean propiedad de la comunidad (por ejemplo, del portero). En este caso, no procede liquidaci\u00f3n del IVA.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Las comunidades de vecinos tambi\u00e9n pueden percibir ingresos que pueden afectar a la hora de que los propietarios hagan la declaraci\u00f3n de la renta. 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