{"id":60009,"date":"2021-03-17T15:46:04","date_gmt":"2021-03-17T14:46:04","guid":{"rendered":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/?p=60009"},"modified":"2021-03-17T15:47:34","modified_gmt":"2021-03-17T14:47:34","slug":"el-alquiler-turistico-se-reconvierte-arrendamiento-temporada","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/alquiler\/el-alquiler-turistico-se-reconvierte-arrendamiento-temporada\/","title":{"rendered":"El alquiler tur\u00edstico se reconvierte en arrendamiento de temporada"},"content":{"rendered":"<p>Los distintos portales inmobiliarios est\u00e1n detectando un <strong>aumento de la oferta de viviendas en alquiler,<\/strong> m\u00e1s de un 15% en los dos \u00faltimos meses, que provienen de viviendas destinadas al alquiler tur\u00edstico. Los propietarios de viviendas tur\u00edsticas, ante la falta de turistas, se est\u00e1n pasando al alquiler tradicional. Pero este trasvase, seg\u00fan estas fuentes, se estar\u00eda produciendo con la idea de firmar arrendamientos de temporada por per\u00edodos de un a\u00f1o, con la pretensi\u00f3n de que pasado ese plazo y las condiciones del turismo mejoren, vuelvan otra vez a recuperar las viviendas para uso tur\u00edstico.<\/p>\n<p>Desde la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA), su Director General, Jos\u00e9 Ramon Zurdo advierte que dicho trasvase, \u201cser\u00eda ilegal si no se acredita correctamente la temporalidad del arrendamiento\u201d. \u201cEl nuevo arrendamiento no puede ser realizado a trav\u00e9s de la figura del arrendamiento de vivienda, porque la duraci\u00f3n de estos arrendamientos, si el inquilino quiere, pueden llegar a alcanzar plazos de cumplimiento obligatorio de 5 a 7 a\u00f1os, en funci\u00f3n de que los arrendadores de las viviendas sean personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas, por lo cual no se podr\u00edan recuperar las viviendas arrendadas al cabo del a\u00f1o, advierte Zurdo.<\/p>\n<p>En el caso que no se la cumpla la ley, un arrendamiento que pretenda ser de temporada, puede prolongarse hasta 5 a\u00f1os y convertirse en residencial.<\/p>\n<h2>Arrendamientos de temporada<\/h2>\n<p>La Agencia Negociadora del Alquiler informa que, la <strong>figura jur\u00eddica que est\u00e1n utilizando los arrendadores de viviendas tur\u00edsticas,<\/strong> para pretender conseguir su fin, es la de <strong>suscribir arrendamientos de temporada<\/strong> (ocupaci\u00f3n accidental de una vivienda en per\u00edodos concretos). En este supuesto, el plazo de duraci\u00f3n pactado no est\u00e1 sujeto a ninguna pr\u00f3rroga obligatoria para los arrendadores, por lo que al vencimiento del plazo pactado, el arrendamiento finalizar\u00eda y ya los arrendadores podr\u00edan recuperar sus viviendas para dedicarlas otra vez a la actividad tur\u00edstica.<\/p>\n<p>\u201cPero esta puede ser una pr\u00e1ctica peligrosa, advierte Jos\u00e9 Ram\u00f3n Zurdo, porque los arrendadores tienen que <strong>acreditar la temporalidad de los contratos<\/strong> y que los <strong>futuros inquilinos tienen su domicilio habitual en otra localidad<\/strong>, si no se pudieran acreditar, estar\u00edamos ante arrendamientos de vivienda, que podr\u00edan llegar a alcanzar los plazos de duraci\u00f3n indicados anteriormente, y el propietario no podr\u00eda recuperar el inmueble con anterioridad para cambiar el uso a tur\u00edstico\u201d.<\/p>\n<p><strong>Si el inquilino puede demostrar que esa es su residencia habitual,<\/strong> aunque el contrato se haya hecho como temporal, <strong>el propietario incurrir\u00eda en un fraude de ley.<\/strong><\/p>\n<p>\u201cEn este sentido, subraya Zurdo, lo firmado en estos contratos de arrendamiento de temporada no compromete en absoluto a los inquilinos si ellos demostrasen que alquilaron las viviendas para establecer en ellas su residencia habitual. Esta pr\u00e1ctica se considerar\u00eda que es un fraude de ley, que ocurre cuando se utiliza un negocio jur\u00eddico (arrendamiento de temporada) con la finalidad de alcanzar ciertos objetivos contrarios a los regulados en otras normas del Ordenamiento Jur\u00eddico (normas que regulan los arrendamientos de vivienda que tienen otro r\u00e9gimen jur\u00eddico m\u00e1s estricto que las normas que regulan los arrendamientos de temporada)\u201d.<\/p>\n<p>Reiteradas sentencias del tribunal supremo han dicho que la calificaci\u00f3n de un arrendamiento como de temporada (uso distinto a vivienda) no deriva del plazo concertado, sino de la finalidad de la ocupaci\u00f3n, y esta para ser considerada como arrendamiento de temporada debe ser ajena a una ocupaci\u00f3n como residencia habitual y permanente de los inquilinos, informa la Agencia Negociadora del Alquiler.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los distintos portales inmobiliarios est\u00e1n detectando un aumento de la oferta de viviendas en alquiler, m\u00e1s de un 15% en los dos \u00faltimos meses, que provienen de viviendas destinadas al alquiler tur\u00edstico. 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