{"id":57828,"date":"2021-01-18T10:30:45","date_gmt":"2021-01-18T09:30:45","guid":{"rendered":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/?p=56031"},"modified":"2021-01-20T11:19:04","modified_gmt":"2021-01-20T10:19:04","slug":"todo-lo-que-necesitas-saber-sobre-el-certificado-de-empadronamiento","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/hogar\/todo-lo-que-necesitas-saber-sobre-el-certificado-de-empadronamiento\/","title":{"rendered":"Todo lo que necesitas saber sobre el certificado de empadronamiento"},"content":{"rendered":"<p>El certificado de empadronamiento es un documento expedido por los respectivos ayuntamientos de cada localidad, que acredita que una persona vive en un domicilio determinado y el tiempo durante el cual reside en \u00e9l. Empadronarse es un derecho, ya que ayuda a llevar a cabo muchos tr\u00e1mites, pero tambi\u00e9n es un deber. Y es que <strong>todas las personas que residan en Espa\u00f1a est\u00e1n obligadas por ley a inscribirse en el Padr\u00f3n del municipio de su residencia habitual<\/strong>, independientemente de su nacionalidad o de si su situaci\u00f3n en el pa\u00eds es legal o no.<\/p>\n<h2>\u00bfPara qu\u00e9 se necesita el certificado de empadronamiento?<\/h2>\n<p>El certificado de empadronamiento resulta imprescindible, como apunt\u00e1bamos, <strong>para poder llevar a cabo la mayor\u00eda de tr\u00e1mites legales<\/strong>. Por ejemplo, expedir o renovar el DNI, el pasaporte y el carn\u00e9 de conducir, matricular un veh\u00edculo, solicitar una plaza escolar, acceder a las ayudas por desempleo o a las de los servicios sociales, y en general para todas las<strong> gestiones administrativas de cada comunidad aut\u00f3noma relativas al lugar de residencia,<\/strong> as\u00ed como de la Administraci\u00f3n central. Tambi\u00e9n puede ser necesario delante de organismos judiciales, como juzgados y tribunales, organismos militares y penitenciarios, el Registro Civil y, en definitiva, para llevar a cabo casi todos los tr\u00e1mites.<\/p>\n<h2>\u00bfC\u00f3mo se solicita?<\/h2>\n<p>La forma m\u00e1s sencilla de solicitar el certificado de empadronamiento es online, aunque la gesti\u00f3n <strong>puede variar de un ayuntamiento a otro<\/strong>, por lo que es recomendable informarnos de c\u00f3mo pedirlo en el consistorio u oficina del distrito habilitada en cada barrio que nos corresponda seg\u00fan nuestro padr\u00f3n. A pesar de estas diferencias, en general podemos<strong> tramitarlo mediante el DNI electr\u00f3nico, el sistema Cl@ve, o un certificado electr\u00f3nico.<\/strong> Es el caso, por ejemplo, de Barcelona, Madrid o Valencia, cuyos ayuntamientos permiten realizar la solicitud de forma inmediata si nos identificamos con cualquiera de los documentos anteriores.<\/p>\n<p>En el caso de que nuestro domicilio se encuentre en una capital de provincia o comunidad aut\u00f3noma podremos acudir a la p\u00e1gina web oficial del ayuntamiento que proceda, o a la del Gobierno, y buscar el enlace correspondiente, que nos redirigir\u00e1 a la sede electr\u00f3nica municipal que nos pertenece. En cualquier caso, siempre debemos <strong>recurrir a las p\u00e1ginas web oficiales<\/strong>.<\/p>\n<p>Si no disponemos del DNI electr\u00f3nico, el sistema Cl@ve, o un certificado electr\u00f3nico y, por lo tanto, no podemos \u201cfichar\u201d electr\u00f3nicamente, tenemos <strong>la opci\u00f3n de pedir el certificado de empadronamiento a trav\u00e9s de formularios<\/strong> que deberemos rellenar para demostrar que somos quien decimos ser. Si los datos proporcionados coinciden con los que dispone el Padr\u00f3n, en diez d\u00edas h\u00e1biles deber\u00edamos recibir a trav\u00e9s de nuestro correo electr\u00f3nico el certificado.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de las v\u00edas anteriores, otros consistorios ofrecen la posibilidad de mandar un correo electr\u00f3nico e, incluso, de llamar para que nos informen directamente de qu\u00e9 pasos debemos seguir para conseguir el certificado. Si el que nos corresponde seg\u00fan nuestro domicilio no permitiera ninguna de estas opciones, tambi\u00e9n cabr\u00eda la posibilidad de llamar al tel\u00e9fono de atenci\u00f3n ciudadana, para que nos expliquen qu\u00e9 procedimiento deberemos seguir en cada caso.<\/p>\n<p>Si nos fuera m\u00e1s c\u00f3modo, tambi\u00e9n podemos <strong>acudir directamente al ayuntamiento o a la oficina del distrito habilitada en cada barrio<\/strong> para tal fin, All\u00ed nos pedir\u00e1n una fotocopia y original de nuestro DNI, pasaporte o tarjeta de residencia, as\u00ed como una fotocopia y original del contrato de alquiler o la autorizaci\u00f3n firmada por el due\u00f1o de la vivienda donde vivamos.<\/p>\n<p>Si por cualquier raz\u00f3n una persona no pudiera acudir f\u00edsicamente a tramitarlo, tambi\u00e9n podr\u00eda pedirlo un tercero autorizado, que deber\u00e1 mostrar su propio DNI y una carta de autorizaci\u00f3n firmada por el empadronado, junto con una copia de su DNI. Otra persona que resida en el domicilio, aunque no sea el propietario, puede autorizarnos siempre que tambi\u00e9n est\u00e9 empadronada.<\/p>\n<p>El certificado de empadronamiento tiene una <strong>validez de tres meses desde su expedici\u00f3n<\/strong> y en algunos municipios se debe pagar una tasa de 2,5 euros para obtenerlo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El certificado de empadronamiento es un documento expedido por los respectivos ayuntamientos de cada localidad, que acredita que una persona vive en un domicilio determinado y el tiempo durante el cual reside en \u00e9l. Empadronarse es un derecho, ya que ayuda a llevar a cabo muchos tr\u00e1mites, pero tambi\u00e9n es un deber. 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