{"id":53130,"date":"2020-10-22T12:30:42","date_gmt":"2020-10-22T10:30:42","guid":{"rendered":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/?p=53130"},"modified":"2020-11-27T13:00:30","modified_gmt":"2020-11-27T12:00:30","slug":"consumidores-lamentan-sentencia-supremo-irph","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/hipotecas-finanzas\/consumidores-lamentan-sentencia-supremo-irph\/","title":{"rendered":"Los consumidores lamentan la sentencia del Supremo sobre el IRPH"},"content":{"rendered":"<p>Las organizaciones de consumidores y las plataformas de defensa de clientes lamentan que el Tribunal Supremo haya determinado que<a href=\"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/hipotecas-finanzas\/el-supremo-senala-falta-de-transparencia-en-hipotecas-ligadas-irph\/\"> las <strong>hipotecas ligadas al \u00cdndice de Referencia de los Pr\u00e9stamos Hipotecarios (IRPH) no son abusivas<\/strong><\/a> a pesar de que s\u00ed encuentra falta de transparencia, lo que, a su juicio, \u00abrespaldar\u00eda los abusos del sector bancario\u00bb.<\/p>\n<p>La Organizaci\u00f3n de Consumidores y Usuarios (OCU) considera que<strong> la falta de transparencia, sea cual sea, impide al consumidor tomar una decisi\u00f3n fundamentada<\/strong>, por lo que no comprende los motivos que llevan al Alto Tribunal a determinar que la cl\u00e1usula es v\u00e1lida.<\/p>\n<p>En este sentido, OCU explica que muchos bancos no informaron a sus clientes de manera comprensible de que<strong> el IRPH es un \u00edndice que se calcula teniendo en cuenta los datos que la propia entidad proporciona<\/strong>, sin explicar con cuadros comparativos hist\u00f3ricos la evoluci\u00f3n de este \u00edndice y del Euribor a fin de que el cliente pudiera ver que el primero siempre ha estado por encima del segundo.<\/p>\n<p>Por su parte, Facua-Consumidores en Acci\u00f3n considera la interpretaci\u00f3n \u00ababsolutamente bochornosa\u00bb. A la espera de conocerse el texto \u00edntegro de la sentencia, que se redactar\u00e1 en los pr\u00f3ximos d\u00edas, la organizaci\u00f3n cree tambi\u00e9n que <strong>el Supremo \u00abse pliega una vez m\u00e1s a los intereses de la banca\u00bb con una interpretaci\u00f3n \u00abforzada\u00bb de la legislaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>\u00abParece que el Supremo ha vuelto a las andadas pleg\u00e1ndose a los intereses de la banca\u00bb, ha se\u00f1alado el secretario general de Facua, Rub\u00e9n S\u00e1nchez, que ha tildado de \u00abescandaloso\u00bb lo ocurrido con las resoluciones de los cuatro recursos analizados.<\/p>\n<p>De su lado, Adicae critica que el Tribunal Supremo \u00abse haga trampas\u00bb de nuevo a s\u00ed mismo y retuerza sus interpretaciones para contradecir al TJUE y a la doctrina m\u00e1s especializada sobre el control de transparencia para darle la raz\u00f3n a la banca entrando en una espiral de resoluciones a favor del sector.<\/p>\n<h2>ADICAE: \u00abFalta de transparencia implica abusividad\u00bb<\/h2>\n<p>Ante esta interpretaci\u00f3n, Adicae cree que ahora habr\u00e1 que <strong>aclarar en qu\u00e9 consiste el concepto de transparencia.<\/strong> La organizaci\u00f3n recoge la definici\u00f3n del catedr\u00e1tico de Derecho Civil y exmagistrado del Supremo Javier Ordu\u00f1a, que establece que \u00abla falta de transparencia implica irremediablemente la <strong>abusividad\u00bb.<\/strong> \u00abParece que el Tribunal Supremo no est\u00e1 por esas\u00bb, lamenta Adicae.<\/p>\n<p>De igual modo, Asufin advierte de que <strong>se trata de una resoluci\u00f3n \u00absalom\u00f3nica y negacionista que va a seguir dando que hablar\u00bb.<\/strong> \u00abLos consumidores tenemos claro que el IRPH ha sido un \u00edndice a todas luces manipulable\u00bb, ha afirmado la presidenta de Asufin Patricia Su\u00e1rez, que tambi\u00e9n recuerda que la v\u00eda europea \u00abque queda totalmente abierta\u00bb.<\/p>\n<p>As\u00ed, Su\u00e1rez se\u00f1ala que contin\u00faa estando pendiente de resoluci\u00f3n ante el TJUE la cuesti\u00f3n prejudicial del juzgado de primera instancia de Reus y avisa de que el juzgado de primera instancia 38 de Barcelona tiene <strong>intenci\u00f3n de seguir interrogando a Luxemburgo.<\/strong><\/p>\n<p>El consejero delegado de Reclama Por M\u00ed, Javier Moyano, cree que es precipitado para sacar una conclusi\u00f3n a falta de la sentencia \u00edntegra. \u00abTodav\u00eda no podemos sacar una conclusi\u00f3n, no podemos decir si es una noticia favorable o no para los consumidores\u00bb, ha a\u00f1adido.<\/p>\n<p>En su opini\u00f3n, es mejor esperar para<strong> leer bien todo el contenido y entender en qu\u00e9 se ha fundamentado el Supremo.<\/strong> A partir de ah\u00ed, el responsable de Reclama Por M\u00ed insiste en que ya se podr\u00e1n sacar las conclusiones y se sabr\u00e1 qu\u00e9 camino hay que tomar.<\/p>\n<p>Seg\u00fan lo anunciado este mi\u00e9rcoles, Moyano asegura que existen muchas <strong>dudas sobre la interpretaci\u00f3n<\/strong> y se cuestiona si la falta de transparencia no implica directamente abusividad.<\/p>\n<p>Igualmente, la codirectora legal de reclamador.es, Almudena Vel\u00e1zquez, considera que sin el texto completo no puede valorar adecuadamente, pero s\u00ed que valora que el resumen emitido por el Alto Tribunal le produce \u00abuna absoluta decepci\u00f3n y estupor, ya que <strong>dejar\u00eda desprotegidos a los afectados por IRPH\u00bb.<\/strong><\/p>\n<p>El director del \u00e1rea de asesor\u00eda jur\u00eddica de Tecnotramit, David Viladecans Jim\u00e9nez, adelanta que este pronunciamiento supondr\u00e1 que<strong> gran parte de las reclamaciones interpuestas hasta la fecha sean desestimadas<\/strong>, dado que las mismas estaban basadas solo en la falta de transparencia, pero no analizaban en cambio la abusividad de la cl\u00e1usula.<\/p>\n<p>La doctrina del Tribunal Supremo de diciembre de 2017 estableci\u00f3 que el <strong>IRPH<\/strong>, al ser un \u00edndice oficial publicado en el BOE y utilizado por diversas entidades financieras en sus ofertas comerciales, resulta f\u00e1cilmente <strong>accesible para un consumidor medio y, por tanto, no es abusivo.<\/strong><\/p>\n<p>El Tribunal de Justicia de la Uni\u00f3n Europea (TJUE), en su sentencia del pasado 3 de marzo, consider\u00f3 que <strong>la falta de transparencia es determinante para poder considerar abusivo<\/strong>, estableciendo que la incorporaci\u00f3n en los contratos del \u00edndice IRPH debe someterse a los controles de transparencia establecidos y por tanto su posible abusividad si no supera dichos controles.<\/p>\n<p>Este mi\u00e9rcoles, el Supremo se ha vuelto a pronunciar ante la falta de claridad y el caos acumulado en los distintos juzgados y audiencias provinciales, si bien ha determinado que aprecia falta de transparencia y no de abusividad.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Las organizaciones de consumidores y las plataformas 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