{"id":35249,"date":"2019-03-01T15:13:33","date_gmt":"2019-03-01T14:13:33","guid":{"rendered":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/?p=35249"},"modified":"2020-11-27T13:23:13","modified_gmt":"2020-11-27T12:23:13","slug":"este-es-el-decreto-de-medidas-urgentes-para-el-alquiler-aprobado-por-el-gobierno","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/alquiler\/este-es-el-decreto-de-medidas-urgentes-para-el-alquiler-aprobado-por-el-gobierno\/","title":{"rendered":"Este es el decreto de medidas urgentes para el alquiler aprobado por el Gobierno"},"content":{"rendered":"<p>El Gobierno ha aprobado el decreto de medidas urgentes en materia de alquiler, que<strong> limita las subidas anuales de los precios al incremento del IPC<\/strong> para todos los contratos nuevos durante la duraci\u00f3n del contrato firmado, y que finalmente no contempla la <a href=\"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/alquiler\/el-gobierno-preve-aprobar-bonificaciones-de-hasta-el-80-en-el-ibi-para-inmuebles-en-alquiler\/\"><strong>bonificaci\u00f3n del 80% del IBI para el alquiler de vivienda habitual<\/strong><\/a> cuya renta fuese inferior a la determinada por el \u00edndice de referencia del precio del alquiler de vivienda, seg\u00fan han concretado fuentes del Ministerio de Fomento.<\/p>\n<p>En concreto, con este real decreto, que <strong>ampl\u00eda a cinco a\u00f1os la pr\u00f3rroga de la duraci\u00f3n del contrato<\/strong> frente a los tres actuales, se vuelve a la situaci\u00f3n de 1994 respecto a la toma en consideraci\u00f3n del incremento del IPC para situar el aumento de la renta de las viviendas en alquiler, aunque en este caso el IPC no ser\u00e1 obligatorio como entonces y solo operar\u00e1 \u00abcomo m\u00e1ximo\u00bb.<\/p>\n<p>Esta medida <strong>solo ser\u00e1 para los nuevos contratos que se suscriban desde la entrada en vigor del real decreto<\/strong> y no tendr\u00e1 efecto retroactivo, puesto que ser\u00eda dif\u00edcil determinar qu\u00e9 consecuencias podr\u00eda tener si afectase a los contratos vigentes. Asimismo, esta medida, seg\u00fan Fomento, da m\u00e1s garant\u00edas sociales, a los inquilinos y no desincentiva la oferta.<\/p>\n<p>Por otro lado, el decreto, que se publicar\u00e1 ma\u00f1ana en el Bolet\u00edn Oficial del Estado (BOE) para<strong> su inmediata entrada en vigor<\/strong>, incluye la elaboraci\u00f3n de un sistema estatal de \u00edndices de referencia a las viviendas, que se utilizar\u00e1 para hacer un seguimiento del mercado y servir de soporte \u00aba medidas de car\u00e1cter fiscal\u00bb. Este \u00edndice de referencia, para cuyo plazo de elaboraci\u00f3n el Gobierno se da ocho meses, se actualizar\u00e1 anualmente y ser\u00e1 lo m\u00e1s detallado posible.<\/p>\n<p>Esta herramienta estatal de referencia ser\u00e1 <strong>compatible con otros \u00edndices<\/strong> que puedan elaborar las comunidades aut\u00f3nomas para definir la aplicaci\u00f3n de sus competencias en pol\u00edticas de vivienda. No obstante, este \u00edndice \u00aben ning\u00fan caso\u00bb habilita a las administraciones al establecimiento de sistemas de regulaci\u00f3n de precios de alquiler.<\/p>\n<p>Aunque el borrador del real decreto s\u00ed recog\u00eda una bonificaci\u00f3n del 80% del IBI para inmuebles en alquiler de vivienda habitual cuya renta fuese inferior a la determinada por este \u00edndice de precios, finalmente el decreto definitivo plantea algo m\u00e1s gen\u00e9rico y <strong>da a los ayuntamientos y a las comunidades la posibilidad de que decidan su pol\u00edtica de vivienda<\/strong> \u00abde acuerdo con su marco fiscal\u00bb.<\/p>\n<p>Lo que s\u00ed recoge es la <strong>eliminaci\u00f3n de la obligaci\u00f3n de que el inquilino repercuta el IBI<\/strong> en el caso de las viviendas sociales, y ofrece de nuevo a los ayuntamientos, al igual que en el anterior real decreto, la posibilidad de dar a las viviendas en alquiler de renta limitada por una norma jur\u00eddica una bonificaci\u00f3n del 95% de la cuota \u00edntegra del IBI.<\/p>\n<p>Desde el Ministerio de Fomento, se ha confirmado que <strong>se est\u00e1n analizando otras medidas fiscales,<\/strong> pero que se ha considerado que estas \u00abno ten\u00edan la madurez suficiente\u00bb para su incorporaci\u00f3n en este real decreto ley.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-full wp-image-29817\" src=\"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-content\/uploads\/2018\/06\/contrato-alquiler-compra.jpg\" alt=\"contrato de alquiler con derecho a compra\" width=\"980\" height=\"550\" title=\"-\" srcset=\"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-content\/uploads\/2018\/06\/contrato-alquiler-compra.jpg 980w, https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-content\/uploads\/2018\/06\/contrato-alquiler-compra-300x168.jpg 300w, https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-content\/uploads\/2018\/06\/contrato-alquiler-compra-150x84.jpg 150w, https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-content\/uploads\/2018\/06\/contrato-alquiler-compra-768x431.jpg 768w\" sizes=\"auto, (max-width: 980px) 100vw, 980px\" \/><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3 class=\"ladillo\">Ampliaci\u00f3n de la pr\u00f3rroga obligatoria y t\u00e1cita<\/h3>\n<p>Por otro lado, el real decreto incluye la <strong>ampliaci\u00f3n de la pr\u00f3rroga obligatoria de los contratos de alquiler de 3 a 5 a\u00f1os<\/strong> (o a 7 a\u00f1os si el arrendador es persona jur\u00eddica). Adem\u00e1s, como novedad recoge que, durante este plazo, la potestad de recuperaci\u00f3n de la vivienda por el propietario (persona f\u00edsica) debe quedar \u00abexpresamente recogida en el contrato de alquiler\u00bb.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se recoge<strong> la ampliaci\u00f3n de la pr\u00f3rroga t\u00e1cita de uno a tres a\u00f1os<\/strong> y recoge como novedad la ampliaci\u00f3n del plazo de preaviso, por el que se establecen cuatro meses para el arrendador y dos meses para el arrendatario. As\u00ed, se aumenta la anticipaci\u00f3n con la que se debe indicar que no desean continuar con el contrato una vez haya concluido la pr\u00f3rroga obligatoria.<\/p>\n<p>El decreto se\u00f1ala, asimismo, que <strong>los contratos de arrendamiento deben respetarse siempre por los terceros compradores del inmueble<\/strong>, de modo especial en el periodo de pr\u00f3rroga obligatoria de cinco o siete a\u00f1os. Seg\u00fan el Gobierno, esta medida es necesaria para prevenir posibles pr\u00e1cticas de fondos de inversi\u00f3n que adquieran viviendas arrendadas y que decidan no asumir los plazos y condiciones de los contratos vigentes.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el texto recoge que el comprador de la vivienda tendr\u00e1 que respetar el contrato de alquiler est\u00e9 o no inscrito en el registro de la propiedad. De igual forma, el texto establece una <strong>excepci\u00f3n para pactar la renuncia a la subrogaci\u00f3n en los contratos de arrendamientos de larga duraci\u00f3n<\/strong>. As\u00ed, establece que en caso de fallecimiento del arrendatario, en situaciones de vulnerabilidad, se pueda mantener la vivienda arrendada por el familiar con el que estuviese conviviendo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3 class=\"ladillo\">Obligaci\u00f3n de se\u00f1alar el d\u00eda y la hora de desahucios<\/h3>\n<p>Asimismo, se establece la <strong>notificaci\u00f3n sistem\u00e1tica de los procedimientos de desahucio<\/strong> a los servicios sociales, por lo que se tendr\u00e1 m\u00e1s tiempo para analizar las posibles situaciones de vulnerabilidad. Tambi\u00e9n introduce como novedad la regla de la cuant\u00eda en la tramitaci\u00f3n de los procedimientos arrendaticios.<\/p>\n<p>As\u00ed, se permitir\u00e1 al arrendatario acudir al procedimiento de juicio verbal en caso de reclamaciones de cantidad que <strong>sean inferiores o iguales a 6.000 euros<\/strong>. Por otro lado, clarifica la obligatoriedad de se\u00f1alar el d\u00eda y la hora del desahucio, con lo que se acabar\u00e1 con los lanzamientos con fecha abierta.<\/p>\n<p>Al margen de las novedades, el texto vuelve a recoger del anterior real decreto, que tumb\u00f3 el pasado mes de enero el Congreso, la limitaci\u00f3n a dos meses de renta la fianza que puede exigirse al arrendatario. Tambi\u00e9n vuelve a incorporar que los gastos de gesti\u00f3n inmobiliaria y formalizaci\u00f3n <strong>deber\u00e1 asumirlos el arrendador<\/strong> si es persona jur\u00eddica o que se favorece la realizaci\u00f3n de mejoras en la vivienda durante el contrato, si existe acuerdo entre las partes, entre otras medidas.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, se\u00f1ala que <strong>se favorece la realizaci\u00f3n de obras de accesibilidad en las comunidades de propietarios<\/strong> y se establece la ampliaci\u00f3n de la dotaci\u00f3n del fondo de reserva hasta un 10%, frente al 5% actual. El real decreto tambi\u00e9n muestra la obligatoriedad de las obras de accesibilidad cuando est\u00e9n financiadas en un 75% por ayudas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-full wp-image-32048\" src=\"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-content\/uploads\/2018\/10\/alquiler-turistico.jpg\" alt=\"El Gobierno actuar\u00e1 a finales de a\u00f1o las viviendas tur\u00edsticas\" width=\"980\" height=\"550\" title=\"-\" srcset=\"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-content\/uploads\/2018\/10\/alquiler-turistico.jpg 980w, https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-content\/uploads\/2018\/10\/alquiler-turistico-300x168.jpg 300w, https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-content\/uploads\/2018\/10\/alquiler-turistico-150x84.jpg 150w, https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-content\/uploads\/2018\/10\/alquiler-turistico-768x431.jpg 768w\" sizes=\"auto, (max-width: 980px) 100vw, 980px\" \/><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3 class=\"ladillo\">Vivienda tur\u00edstica<\/h3>\n<p>Tambi\u00e9n se mejora la exclusi\u00f3n de la vivienda de <strong>uso tur\u00edstico en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU)<\/strong> y se establece una remisi\u00f3n clara a la normativa tur\u00edstica que regula los pisos tur\u00edsticos.<\/p>\n<p>Por su parte, <strong>retoma las limitaciones al alquiler tur\u00edstico en comunidades de propietarios<\/strong>. Se introduce as\u00ed la posibilidad de que por acuerdo de una mayor\u00eda de tres quintas partes de los propietarios se puedan limitar o condicionar los pisos tur\u00edsticos, estableciendo la posibilidad de acordar una mayor contribuci\u00f3n de estos a los gastos generales (hasta un 20% m\u00e1s).<\/p>\n<p>La vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, ha agradecido el <strong>apoyo que algunos grupos, como Unidos Podemos o el PDeCAT<\/strong>, han manifestado al nuevo decreto, tras el rechazo del Congreso en enero al primero que aprob\u00f3 el Gobierno.<\/p>\n<p>Calvo ha afirmado que el Gobierno es consciente de la preocupaci\u00f3n existente sobre los problemas habitacionales en Espa\u00f1a, particularmente para los j\u00f3venes, por lo que <strong>se pretende dar un \u00abgiro social\u00bb a la pol\u00edtica de vivienda<\/strong>, con novedades que refuerzan una \u00abmirada social profunda\u00bb sobre el derecho de vivienda y el uso social respecto al anterior real decreto que \u00abse mejora y completa\u00bb.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Gobierno ha aprobado el decreto de medidas urgentes en materia de alquiler, que limita las subidas anuales de los precios al incremento del IPC.<\/p>\n","protected":false},"author":37,"featured_media":35251,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_lmt_disableupdate":"yes","_lmt_disable":"","footnotes":""},"categories":[2],"tags":[427,626,426,168],"class_list":["post-35249","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-alquiler","tag-alquiler-de-viviendas","tag-alquiler-social","tag-ayudas-al-alquiler","tag-ley-del-alquiler"],"modified_by":"fotocasa","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/35249","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/users\/37"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=35249"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/35249\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/media\/35251"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=35249"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=35249"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=35249"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}