{"id":34186,"date":"2019-01-02T16:31:19","date_gmt":"2019-01-02T15:31:19","guid":{"rendered":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/?p=34186"},"modified":"2020-11-27T13:25:49","modified_gmt":"2020-11-27T12:25:49","slug":"reclamar-devolucion-irpf-prestaciones-maternidad-2016-2017","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/hipotecas-finanzas\/reclamar-devolucion-irpf-prestaciones-maternidad-2016-2017\/","title":{"rendered":"Ya se puede reclamar la devoluci\u00f3n del IRPF de prestaciones de maternidad y paternidad de 2016 y 2017"},"content":{"rendered":"<p>Los contribuyentes que cobraron en 2016 y 2017 prestaciones por maternidad y paternidad pueden solicitar desde principios de a\u00f1o la devoluci\u00f3n del IRPF, con lo que se inicia la <strong>segunda fase para pedir el reintegro de este gravamen<\/strong>, una medida que beneficiar\u00e1 a m\u00e1s de un mill\u00f3n de personas.<\/p>\n<p>El Ministerio de Hacienda, a trav\u00e9s de la Agencia Tributaria (AEAT), ha habilitado en su p\u00e1gina web la opci\u00f3n para pedir el reintegro, con lo que se pone en marcha as\u00ed la segunda fase del proceso ideado por Hacienda para<strong> cumplir con la sentencia del Tribunal Supremo del pasado 3 de octubre<\/strong>, ya que los contribuyentes que cobraron las prestaciones en 2014 y 2015 pueden solicitar la devoluci\u00f3n desde el pasado mes de diciembre.<\/p>\n<p>A partir de ahora ser\u00e1n los contribuyentes que tuvieron sus hijos en 2016 y 2017 los que <strong>podr\u00e1n solicitar la devoluci\u00f3n del IRPF derivado de las prestaciones de maternidad y paternidad<\/strong>. El proceso es el mismo y las devoluciones se iniciar\u00e1n en su caso en los pr\u00f3ximos d\u00edas, seg\u00fan ha informado el Ministerio de Hacienda en una nota.<\/p>\n<p>Los contribuyentes que hubieran sufrido retenciones por las prestaciones de maternidad y paternidad de 2018 no deben realizar ning\u00fan tr\u00e1mite particular. <strong>Su declaraci\u00f3n de la Renta de 2018, que se presenta en 2019<\/strong>, ya incorporar\u00e1 las prestaciones como rentas exentas y las retenciones soportadas ser\u00e1n deducibles.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el real decreto-ley por el que se adoptan determinadas medidas en materia tributaria y catastral aprobado el pasado 28 de diciembre establece que tambi\u00e9n los <strong>colectivos que no estaban inicialmente afectados por la sentencia del Tribunal Supremo<\/strong> puedan acceder a la devoluci\u00f3n.<\/p>\n<p>Este es el caso de los empleados p\u00fablicos no integrados en la Seguridad Social que perciben sus retribuciones durante los <strong>permisos por parto, adopci\u00f3n o guarda y paternidad<\/strong>, as\u00ed como de los profesionales no integrados en el r\u00e9gimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o aut\u00f3nomos que perciben tales prestaciones de mutualidades de previsi\u00f3n social.<\/p>\n<p><strong>Ambos colectivos pueden utilizar el mismo proceso<\/strong> que el resto de contribuyentes para solicitar la devoluci\u00f3n del IRPF de los ejercicios 2014, 2015, 2016 y 2017.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3 class=\"ladillo\">La devoluci\u00f3n de prestaciones de 2014 y 2015 empez\u00f3 en diciembre<\/h3>\n<p>La Secci\u00f3n Segunda de la Sala III de lo Contencioso-Administrativo determin\u00f3 en octubre que las prestaciones p\u00fablicas por maternidad de la Seguridad Social, que perciben las mujeres trabajadoras durante la baja de 16 semanas tras el nacimiento de un hijo, <strong>est\u00e1n exentas del IRPF.<\/strong><\/p>\n<p>El Ministerio de Hacienda hizo una interpretaci\u00f3n extensiva de la sentencia del Tribunal Supremo para que tambi\u00e9n resultaran beneficiarios los permisos de paternidad, <strong>a pesar de que el Tribunal Supremo no se refiri\u00f3 a ellos espec\u00edficamente.<\/strong><\/p>\n<p>En total, Hacienda estima que se reintegrar\u00e1n en torno a<strong> 1.200 millones de euros a m\u00e1s de un mill\u00f3n de padres y madres.<\/strong> La devoluci\u00f3n media en el caso de las prestaciones por maternidad asciende a 1.600 euros, mientras que las de paternidad rondan los 383 euros.<\/p>\n<p>Los padres y madres que tributaron por IRPF las prestaciones cobradas en 2014 y 2015 pueden solicitar la devoluci\u00f3n desde el pasado mes de diciembre, y solo en ese mes la Agencia Tributaria recibi\u00f3 672.746 peticiones de reintegro. <strong>Las devoluciones se iniciaron en la misma semana en la que se puso en marcha el proceso.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3 class=\"ladillo\">Tr\u00e1mite de solicitud<\/h3>\n<p>Para facilitar la solicitud se ha habilitado un formulario espec\u00edfico &#8216;on line&#8217;, disponible en la p\u00e1gina web de la Agencia Tributaria (<a href=\"http:\/\/www.agenciatributaria.es\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">www.agenciatributaria.es<\/a>), en el que la persona perceptora de la prestaci\u00f3n <strong>debe indicar el a\u00f1o o a\u00f1os en los que ha percibido la ayuda<\/strong> y un n\u00famero de cuenta bancaria, donde se abonar\u00e1 la devoluci\u00f3n. Son los dos \u00fanicos datos que se solicitan.<\/p>\n<p>No es necesario <strong>adjuntar a la solicitud un certificado de la Seguridad Social acreditativo de las prestaciones<\/strong>, ni ninguna otra documentaci\u00f3n adicional, puesto que en cada caso la Agencia Tributaria recabar\u00e1 directamente de la Seguridad Social toda la informaci\u00f3n precisa.<\/p>\n<p><strong>Los formularios se podr\u00e1n presentar v\u00eda &#8216;online&#8217;<\/strong> a trav\u00e9s de las mismas v\u00edas que se habilitan en las declaraciones del IRPF: el sistema RENO, el sistema Clave PIN o con certificado electr\u00f3nico.<\/p>\n<p><strong>Tambi\u00e9n se habilitar\u00e1 la opci\u00f3n de presentar el formulario en papel<\/strong>, con las mismas casillas a rellenar que en la v\u00eda &#8216;online&#8217;, y el documento se podr\u00e1 presentar en las oficinas de registro de la Agencia Tributaria, si bien Hacienda recomienda por su mayor agilidad realizar el tr\u00e1mite a trav\u00e9s de las v\u00edas telem\u00e1ticas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los contribuyentes que cobraron en 2016 y 2017 prestaciones por maternidad y paternidad pueden solicitar desde principios de a\u00f1o la devoluci\u00f3n del IRPF.<\/p>\n","protected":false},"author":78,"featured_media":34189,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_lmt_disableupdate":"yes","_lmt_disable":"","footnotes":""},"categories":[6],"tags":[350,351],"class_list":["post-34186","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-hipotecas-finanzas","tag-declaracion-de-la-renta","tag-renta"],"modified_by":"fotocasa","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/34186","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/users\/78"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=34186"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/34186\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/media\/34189"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=34186"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=34186"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=34186"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}