{"id":19647,"date":"2017-03-01T16:10:54","date_gmt":"2017-03-01T14:10:54","guid":{"rendered":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/?p=19647"},"modified":"2020-11-27T11:23:48","modified_gmt":"2020-11-27T10:23:48","slug":"plusvalia-municipal-reclamar-inmuebles","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/compraventa\/plusvalia-municipal-reclamar-inmuebles\/","title":{"rendered":"La plusval\u00eda municipal se podr\u00e1 reclamar sobre 550.000 inmuebles"},"content":{"rendered":"<p>Tinsa calcula que la devoluci\u00f3n del impuesto del <strong>Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana<\/strong>, conocido como <a href=\"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/compraventa\/reclamar-plusvalia-municipal\/\">plusval\u00eda municipal<\/a>, se podr\u00e1 reclamar sobre unos 550.000 inmuebles en toda Espa\u00f1a, despu\u00e9s de la sentencia del Tribunal Constitucional del pasado 16 de febrero que declara inconstitucionales varios art\u00edculos de la Norma Foral de Guip\u00fazcoa referente a este tributo.<\/p>\n<p>El Alto Tribunal respalda que <strong>no puede exigirse al vendedor de un inmueble el pago de un impuesto que grava un incremento del valor que, en realidad, no se ha producido<\/strong>, ya que tambi\u00e9n se paga cuando el inmueble se ha vendido con p\u00e9rdidas. Seg\u00fan Tinsa, es cuesti\u00f3n de tiempo que se resuelvan en este mismo sentido las numerosas cuestiones planteadas por otros juzgados relativos a este mismo impuesto.<\/p>\n<p>Si la sentencia se aplicara finalmente al \u00e1mbito estatal, el n\u00famero de viviendas sobre las que se podr\u00eda reclamar la devoluci\u00f3n del pago de la plusval\u00eda, por haberse transmitido por un valor inferior al de adquisici\u00f3n,<strong> estar\u00eda en torno a 550.000 inmuebles<\/strong>, seg\u00fan c\u00e1lculos realizados por\u00a0la sociedad a partir de sus estad\u00edsticas de evoluci\u00f3n del precio de la vivienda (\u00edndice IMIE) y de datos del Ministerio de Fomento y del Colegio de Registradores de la Propiedad.<\/p>\n<p>En esta bolsa de viviendas <strong>se incluyen tanto operaciones de compraventa, como donaciones, permutas y herencias,<\/strong> que tambi\u00e9n est\u00e1n gravadas con el pago de este impuesto. La estimaci\u00f3n tiene en cuenta el n\u00famero de transmisiones de viviendas realizadas en Espa\u00f1a entre 2013 y 2016 (los \u00faltimos cuatro a\u00f1os no prescritos), as\u00ed como el periodo medio que los inmuebles han estado en manos de sus propietarios.<\/p>\n<p>Del cruce de esta informaci\u00f3n con la evoluci\u00f3n del valor medio en cada una de las provincias espa\u00f1olas, la sociedad obtiene el <strong>n\u00famero aproximado de viviendas que se han transmitido desde 2013<\/strong> con un valor de mercado inferior al del momento de la compra.<\/p>\n<p>La plusval\u00eda municipal <strong>grava el incremento del valor del terreno generado en el momento de la transmisi\u00f3n<\/strong> de un inmueble, hasta un periodo m\u00e1ximo de tenencia de 20 a\u00f1os. Sin embargo, para calcular el importe a liquidar por este impuesto se tiene en cuenta \u00fanicamente el <strong>valor catastral del suelo del inmueble<\/strong> en el momento de la venta y los a\u00f1os que haya estado en manos del propietario. Una metodolog\u00eda que acaba mostrando que siempre existen plusval\u00edas, independientemente de que el valor real del terreno no se haya incrementado.<\/p>\n<p>Tinsa\u00a0pone el ejemplo de una vivienda situada en el distrito de Carabanchel (Madrid capital) con un valor de mercado a fecha actual de 180.000 euros y cuyo valor catastral del suelo es de aproximadamente 52.000 euros. \u00abSeg\u00fan los c\u00e1lculos de la Administraci\u00f3n, si se vendiera hoy esa vivienda tras el periodo medio de tenencia en Espa\u00f1a (12 a\u00f1os), <strong>la plusval\u00eda municipal a liquidar ser\u00edan 5.000 euros<\/strong>. La realidad es que esos 180.000 euros suponen una significativa p\u00e9rdida respecto a los 245.000 euros de valor de mercado que ten\u00eda en la fecha de su adquisici\u00f3n, en el a\u00f1o 2005&#8243;, explica Garc\u00eda.<\/p>\n<p>El<strong> importe de la plusval\u00eda aumenta a medida que se incrementa el valor de mercado del inmueble transmitido<\/strong>, como se ve en el caso de una vivienda situada en el distrito de Tetu\u00e1n, que se adquiri\u00f3 en 2005 por 420.000 euros y que actualmente tiene un valor de mercado de 350.000. Si se vendiera ahora este inmueble, el impuesto se elevar\u00eda a pr\u00e1cticamente 10.000 euros (9.890 euros), pese a que el propietario ha sufrido un deterioro patrimonial de 70.000 euros.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Presentar informes espec\u00edficos<\/strong><\/p>\n<p>La tasadora subraya que dado que la plusval\u00eda grava el valor del terreno, <strong>cualquier reclamaci\u00f3n requerir\u00e1 presentar informes espec\u00edficos que acrediten el valor<\/strong> del componente &#8216;suelo&#8217; en ese inmueble en concreto. Por ello, advierte de que las escrituras de la \u00faltima y pen\u00faltima compraventa del inmueble, que especifican el precio de transmisi\u00f3n, no ser\u00edan referencias suficientes.<\/p>\n<p>Tampoco lo ser\u00eda, seg\u00fan la tasadora, una estad\u00edstica de variaci\u00f3n media del valor de la zona o c\u00f3digo postal donde se ubica el inmueble, ya que es necesario <strong>referenciar la evoluci\u00f3n al inmueble en concreto<\/strong>, y a\u00f1ade que el Tribunal Constitucional ratifica la necesidad de presentar un informe t\u00e9cnico acreditativo y \u00abmenciona de forma literal la valoraci\u00f3n pericial contradictoria como ejemplo de prueba v\u00e1lida para demostrar la p\u00e9rdida patrimonial\u00bb.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, hay que tener en cuenta que\u00a0para reclamar <strong>es necesario que se haya pagado el impuesto de plusval\u00eda en la transmisi\u00f3n de un inmueble<\/strong> y no se haya producido incremento alguno del valor del terreno en el periodo de tenencia gravado, es decir entre la fecha en la que se adquiri\u00f3 y su \u00faltima transmisi\u00f3n, circunstancia que se cumple en la gran mayor\u00eda de transmisiones en las que los inmuebles se han vendido a p\u00e9rdidas, y que la venta se haya producido con posterioridad a febrero de 2013.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Tinsa calcula que la devoluci\u00f3n del impuesto del Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como plusval\u00eda municipal, se podr\u00e1 reclamar sobre unos 550.000 inmuebles en toda Espa\u00f1a, despu\u00e9s de la sentencia del Tribunal Constitucional del pasado 16 de febrero que declara inconstitucionales varios art\u00edculos de la Norma Foral de Guip\u00fazcoa referente&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":19650,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_lmt_disableupdate":"yes","_lmt_disable":"","footnotes":""},"categories":[3],"tags":[290,1461,989],"class_list":["post-19647","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-compraventa","tag-plusvalia","tag-plusvalia-municipal","tag-tributacion-de-las-plusvalias"],"modified_by":"Albert PC","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/19647","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=19647"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/19647\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/media\/19650"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=19647"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=19647"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=19647"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}