{"id":19043,"date":"2017-01-25T15:03:19","date_gmt":"2017-01-25T13:03:19","guid":{"rendered":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/?p=19043"},"modified":"2020-11-27T11:24:10","modified_gmt":"2020-11-27T10:24:10","slug":"hacienda-regularizacion-fiscal-clausulas-suelo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/hipotecas-finanzas\/hacienda-regularizacion-fiscal-clausulas-suelo\/","title":{"rendered":"Hacienda precisa que la regularizaci\u00f3n fiscal por cl\u00e1usulas suelo debe hacerse en la declaraci\u00f3n del IRPF"},"content":{"rendered":"<div id=\"NoticiaPrincipal\">\n<div id=\"CuerpoNoticia\" class=\"NormalTextoNoticia\">\n<p>Los <strong>beneficiarios que reciban lo cobrado de m\u00e1s por sus entidades bancarias<\/strong> como consecuencia de la aplicaci\u00f3n de <a href=\"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/hipotecas-finanzas\/reclamar-hoy-devolucion-clausulas-suelo\/\"><strong>cl\u00e1usulas suelo<\/strong><\/a> en sus pr\u00e9stamos hipotecarios deber\u00e1n regularizar su situaci\u00f3n fiscal con el Ministerio de Hacienda devolviendo el <strong>exceso de deducci\u00f3n por vivienda en el IRPF<\/strong> si se beneficiaron de ella, y tendr\u00e1n que hacerlo <strong>en su declaraci\u00f3n del IRPF,<\/strong> por lo que no ser\u00e1 necesario que presenten una complementaria.<\/p>\n<p>No obstante, si los beneficiarios no reciben el dinero en met\u00e1lico, sino una <strong>reducci\u00f3n del principal del pr\u00e9stamo<\/strong>, no tendr\u00e1n que devolver el exceso de la deducci\u00f3n por vivienda As\u00ed figura en la nota informativa que ha publicado este martes la Agencia Tributaria, en la que precisa<strong> algunos aspectos fiscales del nuevo decreto-ley sobre cl\u00e1usulas suelo<\/strong>. As\u00ed, aclara que los beneficiarios deber\u00e1n incluir los <strong>importes deducidos por compra de vivienda habitual en la declaraci\u00f3n del IRPF<\/strong> del ejercicio en que se hubiera producido la sentencia, el laudo arbitral o el acuerdo con la entidad bancaria.<\/p>\n<p>A estos efectos, si el dinero<strong> se hubiera percibido en 2016, se <a href=\"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/hipotecas-finanzas\/clausulas-suelo-deduccion-vivienda\/\">regularizar\u00e1 la situaci\u00f3n fiscal<\/a> en la declaraci\u00f3n de la renta de 2016<\/strong>, que se presenta entre abril y junio de este a\u00f1o, sin necesidad de realizar una declaraci\u00f3n complementaria, y \u00fanicamente para los cuatro \u00faltimos ejercicios no prescritos. En el caso de que el dinero <strong>se reciba en 2017<\/strong>, la regularizaci\u00f3n de las cantidades deducidas por adquisici\u00f3n de vivienda se realizar\u00e1 en la declaraci\u00f3n del a\u00f1o 2017 (que se presentar\u00e1 en abril, mayo y junio de 2018) y afectar\u00e1, con car\u00e1cter general, a las <strong>deducciones del a\u00f1o 2013, 2014, 2015 y 2016<\/strong>, los ejercicios no prescritos.<\/p>\n<p>La deducci\u00f3n por vivienda, de las m\u00e1s cuantiosas en el <strong>IRPF<\/strong>, est\u00e1 relacionada con la <strong>cuota hipotecaria que pagan los contribuyentes<\/strong>, de tal forma que si ahora reciben una parte de lo pagado de m\u00e1s por las cl\u00e1usulas suelo, la deducci\u00f3n que se aplicaron en su d\u00eda tambi\u00e9n deber\u00eda ser menor y, por tanto, tendr\u00e1n que<strong> devolver el exceso a Hacienda<\/strong>, aunque solo de los a\u00f1os no prescritos. Esta deducci\u00f3n se elimin\u00f3 para las viviendas adquiridas despu\u00e9s del 1 de enero de 2013.<\/p>\n<p>Por lo que no tendr\u00e1n que tributar los contribuyentes <strong>es por los intereses de demora que reciban del banco como compensaci\u00f3n<\/strong> por los a\u00f1os que han pasado entre la aplicaci\u00f3n indebida de la cl\u00e1usula suelo y el momento en el que reciben lo cobrado de m\u00e1s. Aunque se consideran incrementos patrimoniales, Hacienda ha dejado exentos dichos importes. Por tanto, no tendr\u00e1n que incluir en la declaraci\u00f3n del IRPF <strong>ni las cantidades percibidas como consecuencia de la devoluci\u00f3n de los intereses pagados ni los intereses indemnizatorios<\/strong> reconocidos por aplicaci\u00f3n de cl\u00e1usulas suelo de inter\u00e9s.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Rectificar autoliquidaciones si se pag\u00f3 por intereses de demora<\/strong><\/p>\n<p>La Agencia Tributaria precisa que si el contribuyente<strong> ya hubiese regularizado dichas cantidades por tener una sentencia anterior<\/strong> a la aprobaci\u00f3n del decreto de cl\u00e1usulas suelo, podr\u00e1 instar la rectificaci\u00f3n de sus autoliquidaciones solicitando la devoluci\u00f3n de los intereses de demora satisfechos y, en su caso, la modificaci\u00f3n de los intereses indemnizatorios declarados como ganancia.<\/p>\n<p>Tampoco tendr\u00e1n que <strong>regularizar su situaci\u00f3n fiscal respecto de las cantidades que se destinen<\/strong> directamente por la entidad financiera, tras el acuerdo con el contribuyente afectado, a minorar el principal del pr\u00e9stamo. Es decir, si la entidad financiera, en lugar de devolver al contribuyente las cantidades pagadas, lo que hace es<strong> reducir el principal del pr\u00e9stamo, no habr\u00e1 que regularizar las deducciones practicadas anteriormente<\/strong> correspondientes a esos importes. Por su parte, la reducci\u00f3n del principal del pr\u00e9stamo tampoco generar\u00e1 derecho a aplicar la deducci\u00f3n por inversi\u00f3n en vivienda habitual.<\/p>\n<p>Por otro lado, la Agencia Tributaria indica que en el supuesto de que el contribuyente hubiera incluido, en declaraciones de a\u00f1os anteriores, los <strong>importes ahora percibidos como gasto deducible<\/strong> (capital inmobiliario o actividad econ\u00f3mica), estos perder\u00e1n tal consideraci\u00f3n, debiendo presentarse declaraciones complementarias de los correspondientes ejercicios, pero sin sanci\u00f3n ni intereses de demora ni recargo alguno.<\/p>\n<p>El <strong>plazo de presentaci\u00f3n de las declaraciones complementarias<\/strong> ser\u00e1 el comprendido entre la fecha de la sentencia, laudo o acuerdo y la finalizaci\u00f3n del siguiente plazo de presentaci\u00f3n de autoliquidaci\u00f3n por este impuesto.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<div class=\"btn-print\"><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los beneficiarios que reciban lo cobrado de m\u00e1s por sus entidades bancarias como consecuencia de la aplicaci\u00f3n de cl\u00e1usulas suelo en sus pr\u00e9stamos hipotecarios deber\u00e1n regularizar su situaci\u00f3n fiscal con el Ministerio de Hacienda devolviendo el exceso de deducci\u00f3n por vivienda en el IRPF si se beneficiaron de ella, y tendr\u00e1n que hacerlo en su&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":19045,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_lmt_disableupdate":"yes","_lmt_disable":"","footnotes":""},"categories":[6],"tags":[47,988,1286],"class_list":["post-19043","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-hipotecas-finanzas","tag-clausulas-suelo","tag-ministerio-de-hacienda","tag-organo-de-control-de-clausulas-abusivas"],"modified_by":"Albert PC","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/19043","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=19043"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/19043\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/media\/19045"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=19043"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=19043"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=19043"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}