{"id":1402,"date":"2014-04-30T09:00:54","date_gmt":"2014-04-30T08:00:54","guid":{"rendered":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/?p=1402"},"modified":"2020-11-27T11:34:44","modified_gmt":"2020-11-27T10:34:44","slug":"los-ruidos-centran-el-35-de-las-quejas-en-una-comunidad-de-propietarios","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/compraventa\/los-ruidos-centran-el-35-de-las-quejas-en-una-comunidad-de-propietarios\/","title":{"rendered":"Los ruidos centran el 35% de las quejas en una comunidad de propietarios"},"content":{"rendered":"<p>El ruido es, sin duda, una de las fuentes de conflicto que enturbian el normal funcionamiento de una comunidad. Seg\u00fan el <a title=\"CAF Madrid\" href=\"https:\/\/www.cafmadrid.es\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\"><strong>Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid<\/strong><\/a> (CAFMadrid), el 35% de las quejas vecinales tienen su origen en los ruidos: por vecinos que no respetan el descanso de los dem\u00e1s (20%), por el deficiente aislamiento ac\u00fastico que tienen las viviendas (10%) o debido a instalaciones en estado defectuoso (5%).<\/p>\n<p>Para \u00c1ngel Ignacio Mateo, secretario del CAFMadrid, \u201ctras la morosidad, el grueso de las quejas en una comunidad, concretamente el 35%, se debe a los ruidos en el interior de las viviendas que afectan, en consecuencia, a las relaciones vecinales\u201d. Aun cuando el 10% de las reclamaciones est\u00e1n relacionadas con la baja calidad ac\u00fastica de sus hogares, \u201cel 20% de las quejas referidas al ruido podr\u00edan subsanarse con un comportamiento c\u00edvico y un cumplimiento de la normativa\u201d, estima. El 5% restante se debe a los ruidos generados por ascensores, aparatos de aire acondicionado, puertas de garaje o desag\u00fces defectuosos o mal conservados.<\/p>\n<p>Con motivo del D\u00eda Internacional de Concienciaci\u00f3n sobre el Ruido, que se celebra hoy mi\u00e9rcoles 30 de abril, el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid recomienda seguir 6 pasos para enfrentarse a situaciones que pueden llegar a crispar la vida en comunidad a consecuencia del ruido en el interior de las viviendas.<\/p>\n<p>1. Si se van a realizar obras en la vivienda, hay que tener en cuenta que los niveles de ruido permitidos est\u00e1n regulados en las ordenanzas de protecci\u00f3n del medio ambiente urbano del municipio donde se encuentre la finca. Por ejemplo, en Madrid capital rige la Ordenanza de Protecci\u00f3n de la Atm\u00f3sfera contra la Contaminaci\u00f3n por Formas de Energ\u00eda, que proh\u00edbe las obras en el interior de las viviendas desde las 21h hasta las 8h, en d\u00edas laborables, y desde las 21h hasta las 9.30h los s\u00e1bados, domingos y festivos.<\/p>\n<p>2. No se debe permitir que los animales a cargo de uno mismo perturben <a title=\"6 soluciones a los vecinos ruidosos\" href=\"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/compraventa\/6-soluciones-los-vecinos-ruidosos\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\"><strong>el descanso de los\u00a0vecinos<\/strong><\/a>. Dado que la Ley de Propiedad Horizontal, que es la norma que regula la convivencia en las comunidades de propietarios, no dice nada al respecto, es importante consultar la normativa de tenencia de animales existente en el municipio donde se encuentra su inmueble. Esta norma generalmente establece los horarios de permanencia de animales en terrazas o patios y limita el n\u00famero de animales por vivienda. Si el propietario incumple esta normativa, pueden denunciarse los hechos ante el Ayuntamiento.<\/p>\n<p>3. Hay que respetar las horas de descanso de los vecinos y evitar tocar instrumentos musicales, usar aparatos electrodom\u00e9sticos ruidosos o subir el volumen de la radio o televisi\u00f3n a horas intempestivas. Una vez m\u00e1s, la normativa existente a nivel municipal en materia de protecci\u00f3n del medio ambiente urbano determina los \u00edndices de ruido permitidos en cada franja horaria y dependiendo de si es una vivienda o un local en el que se desarrolle una actividad.<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-content\/uploads\/2014\/04\/Ruido_1.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-full wp-image-1407\" src=\"https:\/\/www.fotocasa.es\/fotocasa-life\/wp-content\/uploads\/2014\/04\/Ruido_1.jpg\" alt=\"vecinos ruidosos\" width=\"676\" height=\"376\" title=\"-\"><\/a><\/p>\n<p>4. En caso de tener alquilada su vivienda, hay que tener en cuenta que no residir en el inmueble no exime de las obligaciones como propietario. Los vecinos pueden sentirse perjudicados por el ruido que provoquen los inquilinos. Si es as\u00ed, se puede ejercitar la acci\u00f3n de resoluci\u00f3n de contrato de alquiler por actividades molestas, como as\u00ed contempla el art\u00edculo 27.2 e) de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Para ello, en el contrato de arrendamiento debe incluirse una cl\u00e1usula que haga referencia a este tipo de situaciones. En este aspecto, la Ley de Propiedad Horizontal en su art\u00edculo 7.2 cie que ni el propietario ni el ocupante del piso pueden desarrollar en \u00e9l actividades molestas, por lo que se aconseja a los propietarios afectados que acudan al presidente de la comunidad para que de forma fehaciente inste al due\u00f1o de la vivienda y a los inquilinos en el cese de los ruidos.<\/p>\n<p>5. Si se detectan ruidos o vibraciones inferidos por las instalaciones del edificio, como el ascensor, aparatos de aire acondicionado o puertas de garaje, se debe poner en contacto con el presidente o administrador de fincas para solventar el problema. La Ley de Propiedad Horizontal es clara: la comunidad est\u00e1 obligada a la realizaci\u00f3n de las obras necesarias para el adecuado sostenimiento y conservaci\u00f3n del inmueble y de sus servicios. En consecuencia, el presidente o administrador deber\u00e1 ponerse en contacto con la empresa mantenedora para arreglar los da\u00f1os en las instalaciones, o con la constructora si los ruidos tienen su procedencia en patolog\u00edas o defectos de la construcci\u00f3n y no ha finalizado el plazo de reclamaci\u00f3n.<\/p>\n<p>6. Apelar al sentido com\u00fan para hacer frente a los ruidos molestos. La ca\u00edda de objetos, pasos repetitivos con zapatos en suelo de tarima de madera o el corrimiento de muebles provoca molestias al vecino del piso de abajo.<\/p>\n<p>Igualmente, concluye Mateo, \u201clo primero que debe hacer el propietario afectado por el ruido es acudir a la v\u00eda del di\u00e1logo e intentar solventar el problema\u201d. Si con todo no se soluciona, \u201ctendr\u00e1 que dirigirse al presidente de la comunidad para requerir al propietario u ocupante que cese de la actividad molesta\u201d, como establece el art\u00edculo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal.<\/p>\n<p>El CAFMadrid recuerda que si una vez presentada la demanda, la sentencia fuese estimatoria, el propietario infractor podr\u00eda verse privado de su derecho al uso de la vivienda por un tiempo no superior a tres a\u00f1os, as\u00ed como tener que afrontar en su caso una indemnizaci\u00f3n por da\u00f1os y prejuicios. El informe encargado a una empresa acreditada para la medici\u00f3n del nivel de ruidos mediante un son\u00f3metro es una prueba fehaciente para verificar la vulneraci\u00f3n de los niveles permitidos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El ruido es, sin duda, una de las fuentes de conflicto que enturbian el normal funcionamiento de una comunidad. 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