Ya tenemos casa

Cómo hacer de su casa un hogar seguro

Los imprevistos constituyen el día a día fuera y dentro de la vivienda. En este último caso, hemos de ser cautos y no permitir que los daños se conviertan en problemas.

Cualquier desperfecto, robos o, incluso, inundaciones son algunos de los imprevistos que pueden originarse en cualquier vivienda. Por eso, cuando adquirimos una casa, estamos obligados a contratar un seguro de hogar. En caso de contratar un préstamo hipotecario, la propia entidad bancaria se encargará de proporcionárselo.

En la firma del contrato

Una vez firmado el contrato privado, no debemos relajarnos: toda precaución sigue siendo poca en la compra de un piso sobre plano.
El primer paso de esta segunda fase es la firma de las escrituras, con la consiguiente entrega de la vivienda. A partir de ahora, habrá que ir controlándolo todo de forma regular, en especial lo que se refiere a daños y desperfectos.
Sólo una comprobación antes de dar este gran paso: deberemos cerciorarnos de que la promotora o constructora ha contratado un seguro de daños materiales que cubra los defectos de acabado, habitabilidad, estructura, etc.
Este tipo de seguros nunca puede faltar, ya que, según la Ley de Ordenación de la Edificación, son obligatorios para cualquier casa.

Ojo a los defectos

Con el paso del tiempo no hay que bajar la guardia. Durante el primer año, el ya propietario del piso debe comprobar los defectos de acabado.
Para ello, existen dos vías: bien un seguro que cubra este tipo de daños, bien una retención de la promotora de un 5 por ciento a la constructora para responder a estos posibles defectos.

Siempre previsores

Porque nunca se sabe lo que puede pasar, porque en la vida no hay nada (o casi nada) seguro menos y porque la casa suele ser el bien más importante y difícil de costear, es conveniente contratar un seguro de hogar. Deberemos seguir controlando el perfecto estado de la vivienda. Por eso, habrá que comprobar los daños que afecten a su habitabilidad, tales como humedades, fallos en instalaciones, etc. En este caso, el propietario de la casa dispondrá de un seguro obligatorio que cubre estos defectos.
Por lo general, se contrata una serie de riesgos y posibles daños que la compañía aseguradora está obligada a cubrir y que pueden variar.

Continente y contenido

¿Cuáles son las nociones básicas para contratar un seguro con decisión? Ante todo, debe saber que la póliza va a asegurar tanto al continente como al contenido.
El continente es la construcción y todo lo que forma parte de su vivienda, como el suelo, los techos y las pareces. El contenido es todo lo que hay dentro: muebles, electrodomésticos, objetos, etc. Los dos deberán estar reflejados en la póliza de su seguro.

La prima

Es la cantidad de dinero que se paga anualmente a la compañía aseguradora por el seguro de hogar (junto a los recargos e impuestos que correspondan). El valor de la prima dependerá del valor del inmueble, de los bienes que compongan el contenido y los riesgos y servicios que se contraten.

Y en los diez años siguientes a la firma...

La estructura puede jugarnos una mala pasada, por eso hay que estar pendiente de ella durante los diez primeros años. Si encontramos en ella algún defecto, no debemos preocuparnos: hay un seguro obligatorio que lo cubre.

¿Disconforme?

Si no está conforme con la valoración de la compañía en caso de producirse un siniestro, existen, según la OCU, varias vías para solucionar el conflicto: por vía judicial, negociación amistosa o acudir al defensor del Asegurado, al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros.

No todo son las llaves

Ya hemos firmado las escrituras, nuestro sueño está cada vez más cerca: en poco tiempo podremos disfrutar del hogar que unos meses -o años- antes estaba plasmado en un papel. Pero antes, hay que realizar el pago del 7 por ciento del IVA, con la subrogación de la hipoteca si fuera necesario, pagar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados e inscribirnos en el Registro de la Propiedad.

Si estamos de alquiler...

Las compañías aseguradoras también poseen pólizas para inquilinos. Ahora bien, el continente sólo puede ser asegurado por el propietario del inmueble (en este caso, el arrendador). Por su parte, el contenido podrá ser asegurado por el inquilino, incluso cuando los bienes que forman parte de éste no sean de su propiedad.

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