Documentación previa

La adquisición de una casa no es algo tan sencillo como acudir a una promotora o constructora y elegir la que más nos gusta. Después de eso hay mucho más...
Los aspectos burocráticos nos aburren a todos, pero no tenemos más
remedio que afrontarlo de la mejor manera posible. Y, aunque nos resistamos, también
están presentes en la adquisición de una vivienda.
Son muchos los datos que una promotora debe facilitar a un comprador, aunque los
más importantes son los documentos e información básica que
establece la LOE. Vayamos por partes y determinemos qué se suele solicitar
a cada una de las partes del proceso de compraventa.
El comprador
Una vez elegida la vivienda, el comprador deberá proporcionar al promotor
una serie de documentos que, en su mayoría, tienen que ver con la solicitud
de hipoteca:
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Fotocopia del DNI de cada solicitante.
se tendría que especificar cuál es la estabilidad laborar de cada
uno. En caso de que algún miembro sea autónomo, tendría que
documentar el buen rendimiento de la empresa.
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Fotocopia de la última nómina de cada miembro comprador. En este sentido,
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Fotocopia
de la última nómina de los avales o informe de su vida laboral.
El vendedor
Una
vez elegida y visitada la vivienda, su futuro comprador deberá obtener de
la promotora una serie de datos. La promotora está obligada a proporcionar
una serie de:
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Razón
social del promotor y del constructor (con sus respectivas direcciones y NIF).
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Plano
de la vivienda a escala y su situación dentro del edificio. El comprador
deberá estar enterado también de los metros cuadrados construidos
y de los útiles.
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Fecha
de entrega.
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Precio
de venta (reflejando el IVA) y su validez. Se deberá especificar también
la forma de pago.
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Licencia
de obras.
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Aval de las cantidades entregadas a cuenta.
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Si
el promotor tiene contratada una hipoteca, deberá informar claramente de
sus características al comprador.
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La
promotora o constructora deberá también poner a disposición
del comprador el proyecto de ejecución del edificio donde esté ubicada
la vivienda por si éste quisiera consultarlo.
El contrato
En
los contratos que se firmen, deben quedar reflejados los datos del promotor y de
la persona que firma en su nombre, la calidad en que firma y poderes que tiene para
hacerlo, así como el nombre del arquitecto y su número de colegiado.
La hipoteca
La
mayoría de los españoles echamos mano de las hipotecas para poder
hacer frente a la compra de la vivienda. En la promotora pueden ofrecernos una constituida
por ella. Ahora bien, en caso de que exista esta hipoteca, el comprador debe saber
que no es obligatoria -aunque la promotora insista- y puede rechazarla para buscar
él una por su cuenta.
En caso de que se dé esta situación y la persona interesada en la
casa decida buscar por su cuenta un banco en el que contratar su hipoteca, el promotor
no podrá repercutir los gastos de cancelación.