Consejos para la Compra

Documentación previa

Documentación previa

La adquisición de una casa no es algo tan sencillo como acudir a una promotora o constructora y elegir la que más nos gusta. Después de eso hay mucho más...

Los aspectos burocráticos nos aburren a todos, pero no tenemos más remedio que afrontarlo de la mejor manera posible. Y, aunque nos resistamos, también están presentes en la adquisición de una vivienda.
Son muchos los datos que una promotora debe facilitar a un comprador, aunque los más importantes son los documentos e información básica que establece la LOE. Vayamos por partes y determinemos qué se suele solicitar a cada una de las partes del proceso de compraventa.

El comprador

Una vez elegida la vivienda, el comprador deberá proporcionar al promotor una serie de documentos que, en su mayoría, tienen que ver con la solicitud de hipoteca:

  • Fotocopia del DNI de cada solicitante. se tendría que especificar cuál es la estabilidad laborar de cada uno. En caso de que algún miembro sea autónomo, tendría que documentar el buen rendimiento de la empresa.
  • Fotocopia de la última nómina de cada miembro comprador. En este sentido,
  • Fotocopia de la última nómina de los avales o informe de su vida laboral.

El vendedor

Una vez elegida y visitada la vivienda, su futuro comprador deberá obtener de la promotora una serie de datos. La promotora está obligada a proporcionar una serie de:

  • Razón social del promotor y del constructor (con sus respectivas direcciones y NIF).
  • Plano de la vivienda a escala y su situación dentro del edificio. El comprador deberá estar enterado también de los metros cuadrados construidos y de los útiles.
  • Fecha de entrega.
  • Precio de venta (reflejando el IVA) y su validez. Se deberá especificar también la forma de pago.
  • Licencia de obras.
  • Aval de las cantidades entregadas a cuenta.
  • Si el promotor tiene contratada una hipoteca, deberá informar claramente de sus características al comprador.
  • La promotora o constructora deberá también poner a disposición del comprador el proyecto de ejecución del edificio donde esté ubicada la vivienda por si éste quisiera consultarlo.

El contrato

En los contratos que se firmen, deben quedar reflejados los datos del promotor y de la persona que firma en su nombre, la calidad en que firma y poderes que tiene para hacerlo, así como el nombre del arquitecto y su número de colegiado.

La hipoteca

La mayoría de los españoles echamos mano de las hipotecas para poder hacer frente a la compra de la vivienda. En la promotora pueden ofrecernos una constituida por ella. Ahora bien, en caso de que exista esta hipoteca, el comprador debe saber que no es obligatoria -aunque la promotora insista- y puede rechazarla para buscar él una por su cuenta.
En caso de que se dé esta situación y la persona interesada en la casa decida buscar por su cuenta un banco en el que contratar su hipoteca, el promotor no podrá repercutir los gastos de cancelación.

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